Política

Ordenan pagar al PRI multa de 9.6 mdp que le fue condonada por el IEM

Por unanimidad, magistrados de la Sala Superior del TEPJF determinaron que el PRI está obligado a pagar una multa que se le impuso en 2016, pues la sanción está firme y no ha prescrito

Foto: Archivo/EL UNIVERSAL
07/08/2019 |22:24Carina García |
Redacción El Universal
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Por unanimidad los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinaron que el PRI está obligado a pagar una multa que se le impuso en 2016 por 9.6 millones de pesos, pues la sanción está firme y no ha prescrito.





El Tribunal Electoral de Michoacán había declarado prescrito el caso por considerar que los descuentos a las ministraciones mensuales del PRI para saldar la multa debieron aplicarse 120 días después de que se impuso ésta, en diciembre de 2016, tras detectar irregularidades en el reporte de sus ingresos y egresos.

El asunto llegó al TEPJF impugnado por el PT, el INE y de forma novedosa la Sala Superior reconoció el interés jurídico del Instituto de Ciencia, Tecnología e Innovación del estado de Michoacán para litigar en el caso, pues al momento de la imposición de la sanción, en 2016, el Instituto ordenó dar como destino de los recursos al organismo científico.

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También de forma excepcional se concedió al INE la legitimación para presentar sus alegatos en el juicio electoral promovido ante el Tribunal, ya que se afectó su facultad de imposición de sanciones.

Por unanimidad los magistrados resolvieron que el Tribunal local hizo una indebida interpretación al establecer que el plazo para cumplir la resolución era de 120 días, pues en realidad es de 5 años a partir de que una multa queda firme, lo que en el caso ocurrió en mayo de 2017.

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