La Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Senado de la República, emitió la convocatoria donde establece el procedimiento para la elección de dos comisionados del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
El exhorto va dirigido a las universidades públicas y privadas, institutos de investigación, asociaciones, organizaciones no gubernamentales, demás organismos; así como ciudadanas y ciudadanos interesados, a que presenten candidaturas para ocupar el cargo de Comisionado del INAI.
Los candidatos deben ser ciudadano mexicano por nacimiento; tener cuando menos treinta y cinco años de edad, cumplidos el día de la designación; gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal.

Así como, haber residido en el país durante los dos años anteriores al día de la designación, y no haber sido Secretario de Estado, Fiscal General de la República, Senador, Diputado Federal ni Gobernador de algún Estado o Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, durante el año previo al día de su nombramiento.
La convocatoria estará abierta a partir de mañana 19 de marzo y hasta el día 27 de marzo del presente, en un horario de las 8:00 horas a las 17:00 horas y deberán registrarse a través del mecanismo electrónico de registro desde la página web del Senado de la República en www.senado.gob.mx.
Las comisiones de Anticorrupción, Transparencia y Participación Ciudadana; y de Justicia, acordarán el formato y metodología para la evaluación de las y los candidatos, a más tardar el 3 de abril de 2020. Dichas comisiones podrán solicitar en cualquier momento la presentación de la documentación original a las y los candidatos.
Los participantes deberán entregar curriculum vitae con fotografía, copia certificada de documentos personales, voluntad expresa de participar en el proceso de selección a ocupar el cargo de comisionado del INAI. Y de haber sido propuesto, carta firmada en la que se respalde dicha postulación, exposición breve de su proyecto de trabajo, exposición de motivos que justifican su idoneidad para el cargo, carta bajo protesta de decir verdad en el que manifieste no haber sido condenado por delito ni se encuentre sujeto a proceso judicial o jurisdiccional,
Así como, acreditar residencia en el país durante los dos años previos a la entrega de su propuesta y no haber desempeñado el cargos públicos antes mencionados.
Cabe mencionar, que la Cámara de Senadores, previa realización de una amplia consulta a la sociedad y a propuesta de los grupos parlamentarios, nombrará al o los comisionados que deba cubrir la vacante.
El nombramiento podrá ser objetado por el Presidente de la República en un plazo de diez días hábiles. Si el Presidente de la República no objetara el nombramiento dentro de dicho plazo, ocupará el cargo de comisionado la persona nombrada por el Senado de la República.
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