El Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales () cumplió órdenes judiciales y, por octava ocasión, sesiona públicamente de manera extraordinaria para atender las quejas de personas que interpusieron un juicio de amparo para hacer valer sus derechos.

En tres casos, el Pleno del INAI – actualmente conformado por la Comisionada Presidenta, Blanca Lilia Ibarra Cadena; las Comisionadas Norma Julieta del Río Venegas y Josefina Román Vergara, y el Comisionado Adrián Alcalá Méndez – emitió nuevas resoluciones, en las que determinó lo siguiente:

En el recurso de inconformidad RIA 227/21-BIS, a cargo de la ponencia de la Comisionada Presidenta, revocó el acuerdo emitido por el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO CDMX) y le instruyó emitir uno nuevo, en el que precisara que la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) fue omisa en pronunciarse sobre el informe requerido, elaborado por los oficiales de policía que atendieron el reporte al 911, número C5/191211/04568, relacionado con ataques a las vías de comunicación, así como que fundara y motivara la clasificación de los nombres de los policías que lo atendieron.

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En el recurso de revisión RRD 1683/21-BIS, a cargo de la ponencia de la Comisionada Del Río Venegas, instruyó a la (FGR) emitir, a través de su Comité de Transparencia, la resolución debidamente fundada y motivada que confirme la inexistencia de cualquier tipo de documento mediante el cual la Dirección General Adjunta de Soluciones Tecnológicas instruyó a su subordinado a modificar el control interno del Sistema de Administración de Recursos Humanos, denominado “quincena de aplicación” y “día de aplicación”, así como de la documentación que sustente el cumplimiento de dicha indicación.

En el recurso de revisión RRD 1671/20-QUATER, a cargo de la ponencia de la Comisionada Román Vergara, instruyó a la FGR realizar una nueva búsqueda exhaustiva, a fin de precisar el ordenamiento administrativo-legal-jurídico o documento, en el cual se encontraban las facultades del actuar del Director de Administración y Control de Personal de la Dirección General de Recursos Humanos y Organización, para dar de baja de la nómina a la persona solicitante, en 2020.

En dos casos más, el Pleno del INAI determinó dejar sin efectos las resoluciones de los recursos de revisión RRA 14637/21 y RRD 2258/22, en cumplimiento a lo mandatado por el Vigésimo y el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, respectivamente. En lo sucesivo, emitirá también nuevas resoluciones sobre estos asuntos.

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