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Ministra María Estela Ríos será ponente en caso de prisión preventiva; Suprema Corte aclara que no está impedida

Se solicitó el impedimento de la ministra debido a que en 2022 emitió un comunicado como Consejera Jurídica pidiendo a la Corte que prevaleciera la figura de prisión preventiva

La ministra María Estela Ríos González en sesión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del pasado 9 de febrero de 2026. Foto: SCJN/Cuartoscuro
16/02/2026 |17:43
Erick Moctezuma
Redactor web de la sección NaciónVer perfil

Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación () declaró ilegal un impedimento solicitado para que la ministra María Estela Ríos González se abstenga de conocer un expediente sobre recepción de sentencias de tribunales internacionales, pese a que como Consejera Jurídica el sexenio anterior manifestó su respaldo a la figura de la prisión preventiva oficiosa.





En sesión del Pleno, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz explicó que en el asunto se solicitó que Ríos González se abstenga de ser ponente del proyecto y de votar en el fondo del expediente sobre recepción de sentencias de tribunales internacionales 3/2023.

El argumento de los quejosos era que durante su encargo como Consejera Jurídica del expresidente Andrés Manuel López Obrador, emitió un comunicado en el que solicitó a la entonces integración del Alto Tribunal la permanencia de la figura de la prisión preventiva oficiosa, en “términos de la Constitución Política”.

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La ministra negó encontrarse impedida para ser ponente o votar en el mencionado asunto, cuestión que Hugo Aguilar respaldó, ya que garantizó que no es legal declararla de esta forma porque el referido texto “lo emitió en ejercicio de las facultades del cargo que ostentaba, pero no a título personal”.

“El proyecto propone calificar que no es legal el impedimento planteado”, señaló el ministro ponente, al detallar el impedimento 60/2025 que fue avalado por ocho togados, debido a la ausencia de la propia Ríos González, quien se retiró previo a la discusión.

María Estela Ríos, ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, durante la sesión del Alto Tribunal del 21 de enero de 2026. Foto: Daniel Augusto/ Cuartoscuro

Comunicado no fue “a título personal”, defiende Hugo Aguilar

En un comunicado de prensa, publicado el 24 de agosto de 2022, firmado por el entonces secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, y la entonces Consejera Jurídica del Poder Ejecutivo Federal, María Estela Ríos, se solicitó a la SCJN que, al momento de resolver el amparo 355/2021 y la acción de inconstitucionalidad 130/2019, prevaleciera la prisión preventiva oficiosa.

De acuerdo con lo referido en el impedimento 60/2025, si bien el comunicado se realizó respecto a dos asuntos diferentes al presente, “existe identidad en el planteamiento jurídico de la prisión preventiva oficiosa”.

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Los solicitantes advirtieron que el pronunciamiento actualiza un riesgo de pérdida de imparcialidad y un prejuzgamiento sobre el sentido en el que debe resolver la Suprema Corte.

“En caso de que no se actualice el impedimento, se solicita que, aunque la Ministra María Estela Ríos González sea la ponente, se abstenga de votar el asunto”, fue la solicitud de los promoventes, misma que fue desechada por en su proyecto.

De acuerdo con el ministro presidente, el comunicado se elaboró en conjunto con Segob para expresar la posición jurídica del Gobierno de México, no a título personal, “aunado a que dicha manifestación se realizó tres años antes de asumir el cargo de ministra”.

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