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El subsecretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Luis Rodríguez Bucio, exhibió el caso de dos jueces de presuntamente favorecer a supuestos delincuentes.
En la conferencia mañanera del Presidente Andrés Manuel López Obrador de este martes 9 de julio en Palacio Nacional, Rodríguez Bucio expuso que el exgobernador de Veracruz, Javier Duarte, obtuvo una suspensión provisional para que no sea detenido por alguna otra orden de aprehensión en su contra sin importar en este caso el delito de que se trate otorgada por un Tribunal Colegiado.
El exgobernador de Veracruz fue detenido en 2017 y sentenciado en 2019 a nueve años de prisión por asociación delictuosa y lavado de dinero, aún se le sigue un proceso por desaparición forzada.
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“Los magistrados del noveno tribunal colegiado en materia penal del primer circuito José Manuel Torres Ángel, Michel Franco González y Juan Carlos Ramírez Benítez, el 24 de junio le conceden por unanimidad de votos al exgobernador una suspensión provisional para que él no sea detenido por alguna otra orden de aprehensión en su contra sin importar en este caso el delito de que se trate”, dijo.
Detalló que la suspensión provisional le va a proteger también de no ser detenido aun cuando tenga que comparecer ante un juez de control y aunque se le imponga en audiencia la prisión preventiva justificada u oficiosa.
El subsecretario explicó que otro de los beneficiados es Edgar Omar "N", quien fue detenido en 2008 por delincuencia organizada y privación ilegal de la libertad en la modalidad de secuestro de cuatro personas.
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Acusó que la jueza primera del distrito de amparo en materia penal de la Ciudad de México, Sandra Leticia Robledo Magaña, le otorgó un amparo para que el juez quinto de distrito de procesos penales federales en la Ciudad de México, deje insubsistente la resolución del 8 de febrero en la que decretó la continuidad de la prisión preventiva que tiene desde 2008.
Refirió que la jueza ordenó además la celebración de una audiencia de revisión para que cese de inmediato la prisión preventiva y previo debate se imponga otra medida cautelar con excepción de la prisión preventiva justificada pero sólo por esta causa penal.
“De acuerdo con la jueza, al haber transcurrido el plazo de dos años constitucionales, Edgar Omar ya no debe permanecer más tiempo en internamiento. Lo anterior, aun cuando la imposición de la prisión preventiva se justifique por peligro de obstaculización de la investigación, por el riesgo de fuga o riesgo para las víctimas, Edgar Omar continúa aún en prisión”, expuso.
uul