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El criterio avalado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) pueda bloquear cuentas sin orden judicial, encendió las alertas entre especialistas, quienes advierten riesgos para ciudadanos y empresas ante esta medida.
Pese a que se considera como una acción administrativa y preventiva, expertos como María Fernanda Buergo Gómez, señalan que esto elimina el control judicial previo.
Maestra en Derecho Procesal Penal y especialista en derecho penal y amparo, María Fernanda Buergo Gómez, advierte en un comunicado que el principal problema es la falta de revisión inicial por parte de un juez.
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“En la práctica, el congelamiento no distingue montos. Hemos visto casos donde por una cantidad específica se bloquea la totalidad de los recursos, afectando completamente el patrimonio o la operación de una empresa”, explica.
Este tipo de bloqueos puede tener efectos inmediatos, como la imposibilidad de cumplir obligaciones o mantener operaciones. Antes, la autoridad debía justificar la medida ante un juez penal, quien evaluaba los indicios. Hoy, esa revisión ocurre después.
“Antes existía un análisis técnico por parte de un juez especializado. Hoy la revisión llega cuando el daño ya está hecho”, señala Buergo Gómez, quien fundó su despacho en 2011 y ha enfocado su práctica en la defensa penal.
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En este nuevo escenario, la defensa se traslada a etapas posteriores mediante juicios de amparo, lo que complica la recuperación inmediata de los recursos.
Otro punto de preocupación es que estos casos sean revisados por jueces administrativos, pese a su origen penal. “El riesgo es que no se analice el fondo del delito, lo que limita la defensa”, advierte la abogada, también docente en el Instituto Doctoral Universitario y con formación en justicia penal y derechos humanos en instituciones como la Suprema Corte.
Para especialistas como Buergo Gómez, galardonada con el premio a la “Firma Revelación Penal del Año”, el reto será equilibrar el combate al delito con la protección de derechos fundamentales y la certeza jurídica.
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