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Lima
.- Un tribunal supremo peruano determinó que quedarse dormido en el trabajo puede ser una causal válida de despedido en Perú , si esta conducta aparece tipificada como falta en el reglamento interno del centro de labores, informaron este miércoles medios locales.
La decisión fue tomada por la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema como parte de una casación laboral interpuesta por un trabajador que solicitó su reposición en un puesto del que fue despedido en 2017 tras 25 años de servicios, según argumentó.
El empleado señaló que su despido fue, en realidad, una represalia de la empresa por ser delegado sindical, mientras que la compañía sostuvo que el trabajador ya tenía cuatro suspensiones por faltas previas y se le encontró durmiendo en horas de trabajo.
Durante el proceso, la empresa sustentó su posición con fotografías, en las que mostró al empleado, quien era el encargado de supervisar una maquinaria agroindustrial, descansando con los pies arriba, con los ojos cerrados y cubiertos con unos lentes.
Agregó que esta conducta no respondió, como alegó el trabajador, a un tratamiento ocular y que dormir en horas de trabajo constituía una falta laboral de acuerdo con el reglamento interno de la empresa.
Ante estos argumentos, el tribunal supremo determinó que no existía una relación causal entre la falta sancionada y una supuesta represalia por la actividad sindical del empleado.
El caso ha puesto en debate si dormir en el trabajo debe ser considerado una falta que lleve al despido , por lo que el experto laboralista Percy Alache señaló a la emisora RPP Noticias que los empleadores deben tener un cuadro de faltas y sanciones claro.
Agregó que también debe existir un reglamento interno de trabajo y políticas de sanciones claras, aunque remarcó que estas deben ser debidamente investigadas y documentadas ante de tomar una decisión.
agv
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