Metrópoli

Piden a Sedema informar sobre acciones para conservar humedal en Xochimilco por construcción de puente vehicular

El área natural de Xochimilco fue declarada Patrimonio de la Humanidad por parte de la Unesco en 1987 y es Área Natural Protegida en México desde 1992

Foto: Especial
17/01/2023 |15:09Omar Díaz |
Redacción El Universal
Periodista de EL UNIVERSALVer perfil

El pleno del Instituto de Transparencia de la (Info CDMX) instruyó a la Secretaría de Medio Ambiente capitalina (Sedema) informar cuáles han sido las acciones realizadas o las que se consideran ejecutar para subsanar las afectaciones generadas por la construcción de un puente vehicular en Periférico Sur sobre el humedal en Xochimilco.

Al posicionar el recurso de revisión INFOCDMX/RR.IP.6238/2022, en el que una persona requirió a la Sedema la información mencionada, la comisionada María del Carmen Nava explicó que en su respuesta, el sujeto obligado argumentó que no era posible otorgar la información en virtud de que la información corresponde con la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) de dicha obra, la cual forma parte de un expediente, que a su vez se encuentra dentro de un Juicio de Amparo que no ha causado ejecutoria.

Dijo que del análisis realizado, se concluyó que el agravio es fundado porque la persona no solicitó, de manera específica, la información referida a la MIA, sino un pronunciamiento de manera general sobre las medidas y acciones para subsanar las consecuencias de la construcción del puente vehicular referido.

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Explicó que la Sedema cuenta con la Dirección Ejecutiva de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, que entre sus atribuciones está la de emitir opiniones sobre acciones que se lleven a cabo en la Zona Lacustre y en los Humedales. Otras dependencias, como la Secretaría de Obras y la Jefatura de Gobierno, también pudieran tener información solicitada con base en sus atribuciones.

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Por lo que toca a la clasificación de la información, la Comisionada destacó que aunque pudiera caer en el supuesto de información reservada que se establece en el artículo 183, fracción VII de la Ley local de Transparencia al formar parte de un proceso judicial, es importante recordar que la clasificación de información se debe llevar a cabo en el momento en el que se reciba una solicitud acompañada de la prueba de daño.

“En este caso, encontramos que el acta del Comité de Transparencia con el que se fundamenta esta clasificación tiene una fecha anterior a la solicitud en cuestión, y, por lo tanto, la reserva carece de certeza jurídica”, añadió.

Nava Polina recordó que el área natural de Xochimilco fue declarada Patrimonio de la Humanidad por parte de la Unesco en 1987 y es Área Natural Protegida en México desde 1992. Cuenta con más de dos mil 650 hectáreas que son hogar de 400 especies de aves, migratorias y residentes, y de otras especies endémicas como el ajolote.

Se calcula -dijo-, que la obra en cuestión afectó una extensión entre 14 y 16 mil metros cuadrados del humedal y se calcula fueron derribados más de 650 árboles. Aunque la información oficial sobre el impacto ambiental en la zona, en efecto, no es del todo clara.

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El pleno del Info CDMX revocó la respuesta dada por la Sedema e instruyó turnar a todas las unidades administrativas competentes la solicitud en cuestión, a fin de que realice una búsqueda exhaustiva y entregue la información de interés.

En cuanto a la información del expediente que se encuentra en juicio , deberá realizar de nueva cuenta la prueba de daño y entregar el acta actualizada que de clasificación de información por su Comité de Transparencia.

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