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La Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) inició otro procedimiento especial sancionador en contra de Manuel Pedrero Solís y el medio digital Los Reporteros MX por presunta violencia política en razón de género en contra de la diputada local del PRI Tania Larios.
En sesión urgente, las consejeras electorales Sonia Pérez, María de los Ángeles Gil y Cecilia Aída Hernández determinaron que, otra vez, existen indicios suficientes para presumir que con las expresiones que ha vertido el youtubero se pretende desestimar o desacreditar la labor de la legisladora, así como su experiencia y trabajo reproduciendo patrones, estereotipos y micromachismos, lo cual podría constituirse en una afectación desproporcionada en función del género y por ende violencia política en razón de género.
Se le ordenó a Pedrero Solís borrar algunas publicaciones que ha hecho en sus redes y en el medio digital en contra de Tania Larios, y abstenerse de volver a cometer estas conductas.
Asimismo, se aprobó acumular este expediente a la queja iniciada el pasado 12 de marzo, toda vez que se trata de hechos que, de forma preliminar, pudieran guardar relación y continuidad con los primigeniamente denunciados.
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En este caso, se otorgaron parcialmente las medidas cautelares y se consideró procedente la tutela preventiva.
En cuanto a medidas de protección, se determinó que, por el momento, no existen elementos suficientes para otorgarlas; sin embargo, se ordenó solicitar a la promovente su consentimiento para aplicar un cuestionario de evaluación de riesgo que permita valorar su eventual implementación.
Sobre la primera queja presentada, se aprobó su ampliación, pues Larios Pérez presentó un escrito de ampliación en el que señaló nuevas publicaciones en redes sociales y el portal digital, que, a su consideración, actualiza y profundiza la violencia política de género ejercida en su contra. Tras un análisis preliminar, la Comisión determinó ampliar la materia del procedimiento especial sancionador para incluir estos hechos.
Al respecto, se consideró improcedente el dictado de medidas cautelares respecto de estas publicaciones específicas, al estimar que, en apariencia, podrían constituir expresiones dentro del debate político y, por otro lado, se aprobó la implementación de tutela preventiva a fin de ordenar a las personas denunciadas abstenerse de realizar conductas que afecten la dignidad o integridad de la denunciante.
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