CDMX

Remisiones al "Torito" tendrán caducidad de seis meses

Si a los 180 días posteriores a girar la orden de aprehensión no se localiza al sujeto, se librará de purgar la pena: Cejur

18/10/2018 |01:19Phenélope Aldaz |
Redacción El Universal
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phenelope.aldaz@eluniversal.com.mx

Las órdenes de aprehensión que se giren en contra de quienes no pasaron la prueba del alcoholímetro tendrán una vigencia de seis meses. Si después de este periodo la persona no es localizada, se habrá librado entonces de entrar a El Torito.

A través de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, la Consejería Jurídica y de Servicios Legales (Cejur) emitió una circular en la cual se informa que las personas que tramiten un amparo para evadir el arresto de 36 horas por haber manejado bajo la influencia del alcohol, se librarán de la sanción si en 180 días posteriores no acuden ante las autoridades.

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“Si transcurridos seis meses a partir de que se libera la orden de presentación no se logra la comparecencia de las personas infractoras, la sanción prescribirá de conformidad con el artículo 12 del Reglamento de la Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal.

“En términos de lo anterior el Juez Cívico acordará lo conducente en el expediente administrativo y deberá informar por escrito, de manera inmediata, a la Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica con el fin de que se comunique a la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México la prescripción de la orden de presentación correspondiente y proceda a cesar la ejecución de la misma”, detalla el documento.

A través de un comunicado, la Consejería descartó que la determinación genere impunidad. “La administración capitalina tiene un sistema de registro informático que permite conocer la situación procesal de quienes son remitidos al Torito. Éste detecta a los reincidentes”, agregó.

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