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Veracruz avanza en derechos; Congreso aprueba reconocimiento de Identidad de Género Autopercibida

La propuesta fue de las diputadas morenistas Tanya Carola Viveros Cházaro y Astrid Sánchez Moguel

Foto: Archivo El Universal
02/04/2025 |07:43
Édgar Ávila Pérez
Corresponsal en Veracruz y PueblaVer perfil

El pleno del aprobó una reforma legal para incorporar el concepto de reconocimiento de Identidad de Género Autopercibida.





Con 38 votos a favor, dos en contra y una abstención, los legisladores avalaron el dictamen de decreto que reformó diversas disposiciones del Código Civil del Estado de Veracruz.

Fue propuesta de las diputadas morenistas Tanya Carola Viveros Cházaro y Astrid Sánchez Moguel, como se modificó el ordenamiento legalmente.

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Y es que, si bien se aclaró que en Veracruz la legislación actual no discrimina directamente a las personas que autoperciben su identidad de género, frecuentemente se interpretan y aplican en detrimento, menoscabo, restricción o anulación de derechos humanos.

Ahora quedó establecido que el reconocimiento de Identidad de Género Autopercibida es oponible ante terceros y de ninguna manera constituye la extinción o desconocimiento de los derechos, obligaciones y responsabilidades contraídas con anterioridad al trámite administrativo de reconocimiento de Identidad de Género Autopercibida y el consecuente levantamiento de una nueva acta, los cuales permanecerán intocados y por ende son completamente exigibles.

Se entiende por Identidad de Género, la vivencia interna e individual de género tal y como cada persona lo siente, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento y registrado en su acta primigenia; en ella se incluye la vivencia personal del cuerpo y de las diversas expresiones de género.

El trámite administrativo de reconocimiento de Identidad de Género Autopercibida es integral, basado en el consentimiento libre e informado, confidencial, expedito, gratuito y sin la exigencia de certificaciones médicas, psicológicas, intervenciones quirúrgicas, tratamientos hormonales u otras que puedan resultar irrazonables, patologizantes o estigmatizantes, y que atenten contra la dignidad de la persona humana.



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afcl/LL

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