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Avanza en comisiones despenalización del aborto en Yucatán; establecen 12 semanas para interrupción del embarazo

Este dictamen contempla sanciones para quienes aborten después de la fecha fijada y en qué casos estarían excluidas las personas de estas penas

Diputados de Yucatán avalaron este decreto, que contempla las iniciativas para reformar los artículos 389, 390, 391 y 393, y derogar el 392 del Código Penal del Estado. Foto: Especial
07/04/2025 |17:51
Yazmín Rodríguez Galaz
Corresponsal en YucatánVer perfil

Mérida, Yucatán.- En sesión de comisiones conjuntas de Justicia y Seguridad Pública, así como de Salud y Seguridad Social, los diputados de Yucatán aprobaron por unanimidad el dictamen para despenalizar el en la localidad.





Este dictamen, también establece 12 semanas como periodo para que una persona gestante pueda interrumpir el embarazo.

Asimismo, el dictamen contempla sanciones para quienes aborten después de la fecha fijada y en qué casos estarían excluidas las personas de estas penas.

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En la sala de usos múltiples Consuelo Zavala Castillo del Congreso de Yucatán, los diputados avalaron este decreto, que contempla las iniciativas para reformar los artículos 389, 390, 391 y 393, y derogar el 392 del Código Penal del Estado.

En el artículo 389 establece que el aborto es la interrupción del en cualquier momento antes de su conclusión y se entenderá a persona gestante como la persona con capacidad de gestar.

En el artículo 390 se determina que se interpondrá de tres meses a un año de prisión o de 50 a 200 días de trabajo a favor de la comunidad a la persona gestante que voluntariamente procure su aborto, o consienta que otro la haga abortar, posterior a la conclusión de las 12 semanas de embarazo

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Al que hiciera abortar a una persona gestante se le aplicará la misma pena previamente mencionada; en caso de ser personal de salud o se ostente como tal, será de uno a dos años de prisión y se suspenderá su labor por un tiempo igual a la pena impuesta.

En este caso no será punible la tentativa

El artículo 391 indica que el aborto forzado es la interrupción del embarazo sin el consentimiento de la y a quien lo realice por cualquier medio se le aplicara de 5 a 10 años de prisión.

Asimismo, se le mediará violencia física, psicológica, emocional o moral por lo que podría alcanzar de 9 a 15 años de cárcel.

La diputada de Morena, Clara Rosales Montiel, una de las impulsoras de esta iniciativa, agradeció a sus compañeros legisladores el avance en este tema legislativo y la participación de los diferentes sectores en la socialización de la propuesta.

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aov/mgm

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