Cuernavaca.— Las mujeres en Morelos ya pueden portar legalmente instrumentos o artefactos para la defensa personal —como un bastón retráctil, gases paralizantes o un inmovilizador por electrochoque— ante el incremento de actos violentos contra ellas, de acuerdo con una iniciativa publicada en el decreto mil 112 en el Periódico Oficial Tierra y Libertad, una medida que no fue bien recibida por grupos defensores de los derechos de las mujeres.

La iniciativa de reforma al artículo 245 del Código Penal para el Estado de Morelos despenaliza la portación de objetos que son utilizados para defensa personal, ante la creciente ola de agresiones sexuales y asaltos que se presentan en las calles y el transporte público, dejando en manos de las mujeres su protección personal.

Esta propuesta fue presentada por la diputada de Morena, Ariadna Barrera Vázquez, quien en su justificación señaló que la situación de violencia que vive el estado aumenta cada día, no sólo la generada por la delincuencia en general, sino la que azota a las mujeres

Durante su argumentación, la legisladora retomó datos de la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (Envipe) 2018, la cual señala que “de 2013 a 2018 la sensación de inseguridad de las mujeres pasó de 74.7% a 82.1%”.

El escenario expuesto en la propuesta legislativa, convertida en decreto, considera un ambiente de alerta para las mujeres, sobre todo en ocho municipios, entre ellos Cuernavaca, donde esta vigente la Alerta de Violencia de Género desde 2015.

“La portación de artefactos de defensa personal, tales como el gas pimienta y paralizadores eléctricos, entre otros, nos genera a las mujeres una mayor sensación de seguridad y, en dado caso, nos brinda una oportunidad de presentar una defensa ante un ataque o agresión que ponga en riesgo nuestra integridad física, sicológica o hasta nuestra vida”, citó la diputada en su iniciativa, agregando que el uso de los artefactos no es letal.

Previamente a la modificación, el Código Penal estatal consideraba hasta tres años de prisión por la portación de esos artefactos, cuando su uso no fuera destinado para una actividad recreativa o laboral, pero sin la excepción para defensa personal.

La legisladora señaló que resultaba contradictorio que la pena mínima prevista para el delito de acoso sexual en el Código Penal es de dos años de prisión, es decir, una mujer en portación de un gas pimienta para su defensa personal podría pasar más tiempo en prisión que su agresor por un delito de acoso sexual.

“No es lo que la sociedad requiere”

Este decreto no fue bien recibido por grupos defensores de los derechos de las mujeres, porque, señalaron, no aporta a la construcción de una sociedad de paz.

“Es necesario instituir las herramientas exactas que necesitan las mujeres para sentirse seguras en el transporte público (...) Además, tenemos que ver cuántas mujeres pueden acceder a comprar esos instrumentos y quién las capacitará para su uso”, refirió Ana Carina Chumacero, presidenta de Huitzitzilin, organización latinoamericana por la defensa y el acceso a los derechos humanos de la niñez, la adolescencia y las mujeres.

Chumacero indicó que el hecho de portar un arma no la hace sentir más segura, pero sí que los policías conozcan cómo actuar en caso de una agresión y que la sociedad en general tenga educación civil para que las mujeres puedan salir a las calles de una forma segura.

“Creo que hay muchas herramientas de construcción de paz que podemos utilizar y no este tipo de situaciones”, agregó.

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