Dos artículos de la Constitución, el 21 y el 20 en su apartado B, además de los artículos 2 y 3 del Código Federal de Procedimientos Penales y diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, fueron violados flagrantemente por el director de la Agencia de Investigación Criminal, Tomás Zerón de Lucio, al haber practicado una diligencia extraoficial en el caso Ayotzinapa, el 28 octubre de 2014. Además de que no tenía facultades para practicar esa diligencia, Zerón trasladó sin autorización del Ministerio Público a un detenido que nunca tuvo asistencia legal, además de que tampoco tenía autoridad para dar órdenes a peritos que son auxiliares también del Ministerio Público.

Todas y cada una de esas faltas constituyen violaciones graves del debido proceso y de la garantía de legalidad, de acuerdo con expertos y funcionarios de procuración de justicia consultados por esta columna. Se trata, además de conductas sancionables para el funcionario que las comete, de faltas que pueden afectar el desarrollo y la validez de una investigación judicial, pues se rompen principios básicos consagrados en la Constitución, así como en los Códigos Penales vigentes, para garantizar la legalidad del proceso judicial.

Los expertos consultados rechazan que exista en las prácticas judiciales lo que Zerón llamó “actos de investigación”, para justificar su presencia en el lugar donde un día después se practicaría una diligencia, porque de acuerdo al artículo 21 constitucional “la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las Policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función”, es decir que un funcionario como él no tenía facultades para practicar esa diligencia que además nunca fue registrada en el expediente de la averiguación previa en curso.

Ese monopolio de la acción penal que tiene el Ministerio Público se refuerza en el Código Federal de Procedimientos Penales y el vigente Código Nacional de Procedimientos Penales, en cuyo artículo 2 señala que “compete al Ministerio Público llevar a cabo la averiguación previa y ejercer, en su caso, la acción penal ante los tribunales”. Y luego especifica que en la averiguación previa, le corresponde al MP: “practicar y ordenar la realización de todos los actos conducentes a la acreditación del cuerpo del delito”. Cuando dice “todos los actos conducentes” está claro que eso incluye los “actos de investigación” con los que Tomás Zerón justificó su visita previa al Río San Juan.

Y sobre las labores de auxilio que la Policía debe prestar como auxiliar del Ministerio Público, suponiendo que el director de la AIC haya acudido en el papel de policía, el artículo 3 del mismo Código Federal, señala a la letra que “los policías actuarán bajo la conducción y el mando del MP en la investigación de los delitos, según el artículo 21 constitucional”, y especifica que en las labores de investigación, “queda estrictamente prohibido a la policía recibir declaraciones del indiciado… sin que medien instrucciones escritas del Ministerio Público, del juez o del tribunal”. Y entonces, ¿en calidad de qué Zerón de Lucio recibía las declaraciones del indiciado Agustín García Reyes cuando éste lo guiaba y le decía donde habían tirado las bolsas con los cuerpos de los normalistas en el río sin tener una autorización escrita ni del MP ni de un juez y menos de un tribunal?

Los derechos del imputado. Porque esa es la otra violación grave que el funcionario de la PGR cometió al realizar esa diligencia extraoficial y que quedo registrada en video. No sólo traslado a un detenido (García Reyes) sin autorización expresa del Ministerio Público y solo con un “Oficio de Guarda y Custodia”, que lo autorizaba sólo a cuidado y vigilancia pero no a la práctica de actuaciones penales, sino que además Zerón violó el artículo 20 constitucional, que en su apartado B, señala como derechos de la persona imputada, que debe contar siempre con la asistencia de un defensor y a que “su defensor comparezca en todos los actos del proceso”, además de que “la confesión obtenida sin asistencia del defensor carecerá de valor probatorio”. ¿En que momento se ve en el video que el detenido García Reyes tenga la asistencia de un defensor?

A todo eso se añade el hecho de que Tomás Zerón también pudo incurrir en responsabilidad penal según hipótesis previstas en el Código Penal Federal artículo 225 sobre delitos contra la Administración de la Justicia, además de que en el procesamiento o preservación del lugar de los hechos (cadena de custodia) se observan en el video que él mismo mostró, y en el que ayer le entregó el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) a la procuradora Arely Gómez sin ediciones, varias acciones y hechos irregulares que se cometen fuera de los protocolos obligatorios cuando se trata de la escena de un crimen.

Con todos esos elementos legales, que manejan y conocen los expertos en procuración de justicia, la pregunta es si la investigación que anunció la PGR, a través de su Órgano de Control Interno encontrará o no suficientes elementos para sancionar a Zerón de Lucio y a otros funcionarios que participaron en la diligencia ilegal y extraoficial. O si, como suele ocurrir, la relación cercana que tiene con Los Pinos y con el grupo del presidente Enrique Peña Nieto, salvará al director de la Agencia de Investigación Criminal de ser castigado por violentar la Constitución y las leyes. La presión nacional e internacional es demasiada y el costo de proteger a un funcionario que ya fue incluso desmentido por la ONU sería muy alto para el gobierno peñista. ¿Estarán dispuestos a pagarlo?

Notas indiscretas… Hay empresarios que de plano no aprenden o cuyo cinismo e impunidad es tanta que creen que siempre pueden salirse con la suya. Lo decimos por el Grupo México de Germán Larrea que, no obstante haber salido impune de la tragedia de Pasta de Conchos en 2006 donde murieron 65 personas, ese consorcio minero después se enfrentó al desastre del Río Sonora, donde la mina de cobre de Cananea, su propiedad, vertió ilegalmente desechos que contaminaron el agua de varias comunidades sonorenses en agosto de 2014. Ante la amenaza de la Semarnat de cancelarle las concesiones mineras si no accedía a un plan de reparación del daño a las comunidades afectadas, el Grupo México firmó una serie de acuerdos que incluían la limpieza del embalse, la atención médica de los afectados y la construcción de plantas potabilizadoras en los municipios de la zona. Pues ahora los presidentes municipales de Aconchi, Arizpe, Baviácora, Banamichi, Huépac, San Felipe y Ures, en Sonora, se quejan en cartas enviadas a la Semarnat de que la empresa de Larrea no ha cumplido con todos sus compromisos y, una vez que pasó la atención mediática del tema, se desentendió de terminar las plantas potabilizadoras y echar a andar la Unidad de Vigilancia Epidemiólogica y Ambiental a que se comprometió en la zona. A pesar de que su mina de Buena Vista del Cobre, causante del derrame tóxico, está valuada en 4 mil millones de dólares, al señor Larrea se le dificulta pagar los compromisos que hizo con los municipios a través del Fideicomiso Río Sonora que hasta ahora ha invertido mil 200 millones de pesos en el saneamiento de la cuenca. ¿Será que don Germán se quiere burlar no sólo de los pobladores sonorenses, sino de la propia Semarnat, ahora que ya nadie habla del tema. ¿Y si le reactivan otra vez la amenaza de cancelación de su mina? Tal vez así les cumpla a los pobladores… Tras la presión que han metido Miguel Ángel Mancera y su secretario de Desarrollo Económico, Salomón Chertorivski Woldenberg, en el tema del salario mínimo, el presidente Peña Nieto anunciará mañana, durante la conmemoración del Día del Trabajo, un acuerdo en el que ya trabajan los integrantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) para incrementar de manera paulatina ese ingreso que perciben aproximadamente 7 millones de mexicanos, y que actualmente se ubica en 73.10 pesos diarios. Sin embargo, a decir del secretario del Trabajo, Alfonso Navarrete Prida, en el gobierno federal “no se está pensando en un acuerdo de corto plazo; se está pensando en un acuerdo de largo plazo”, contrario a la postura que han sostenido los funcionarios capitalinos, quienes insisten en que ya no hay pretextos ni ataduras legales que impidan que el salario mínimo se ubique en por lo menos los 86.33 pesos. Chertorivski sostiene que se llevaría entre 5 y 8 años llegar a la meta de 175 pesos diarios de salario, cantidad que permitiría a un trabajador cubrir sus principales necesidades. Es decir, por lo menos otro sexenio. Y mientras las posturas del gobierno federal y el capitalino siguen confrontadas, millones de mexicanos sufren los estragos de un salario claramente insuficiente y sin poder adquisitivo. Veremos qué es lo que anuncia el Presidente… Los dados mandan Doble Escalera y se guardan. Por inmerecidas vacaciones dejarán de girar las próximas dos semanas, pero volverán el 16 de mayo con baterías recargadas. Hasta entonces, estimados lectores.

sgarciasoto@hotmail.com

Google News

TEMAS RELACIONADOS

Noticias según tus intereses