Q. Roo.- 

El Pleno del Tribunal Electoral de o (TEQROO) ratificó que , aún candidato a la presidencia municipal de Benito Juárez , con cabecera en Cancún, incurrió en Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género , en contra de la alcaldesa con licencia, “Mara” Lezama Espinosa , quien busca reelegirse al cargo, postulada por la coalición “Juntos Haremos Historia en Quintana Roo”.

La determinación vuelve a poner en riesgo el registro de Jánix Alanis, a quien el Instituto Electoral del estado (IEQROO), había cancelado su candidatura al haber sido sancionado por el TEQROO por la misma conducta el dos de junio, lo que lo hacía inelegible al cargo.

Apenas ayer el registro le fue restituido, luego de que la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocase la sanción originalmente aplicada por el TEQROO y la cancelación de la candidatura por parte del IEQROO, que ahora tendrá que sesionar nuevamente para determinar lo procedente ante la ratificación de la sanción.

En sesión pública, no presencial, convocada a medianoche, el Tribunal quintanarroense dio cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional Xalapa, que le ordenó también reponer el Procedimiento Especial Sancionador PES/033/2021, valorando todas las pruebas ofrecidas en el expediente para determinar si Jánix Alanís incurrió o no Violencia Política contra la Mujer.

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Este procedimiento lo interpuso el Partido Político Morena en contra de Issac Janix Alanís, quien durante una transmisión en vivo, simuló dar lectura al mensaje de un internauta, pero en realidad, a título personal hizo comentarios ofensivos en agravio de Lezama Espinosa, con el propósito de lastimar su dignidad e imagen por el hecho de ser mujer.

El Tribunal determinó hoy, la existencia de la Violencia Política en Razón de Género, cometida por Janix Alanís; y le ordenó ofrecer una disculpa pública a la candidata, en las próximas 12 horas, luego de ser notificado.

También instruyó su inscripción en el Registro estatal de infractores en esa materia, durante cuatro años y ordenó al Instituto Electoral de la entidad, para que “de inmediato”, resuelva lo relativo a su candidatura, por lo que, probablemente, vuelva a ser declarado inelegible al cargo y le sea cancelado su registro.

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El proyecto de sentencia fue votado en contra por el magistrado, Sergio Avilés Demeneghi, quien insistió que se carecía de exhaustividad, del debido proceso y certeza en el resolutivo presentado quien pretendió justificar las expresiones ofensivas de Jánix Alanís, escudándolas en “la Libertad de Expresión”.

El magistrado presidente, Víctor Vivas Vivas, afirmó el dolo con que procedió Jánix Alaís, estaba “completamente comprobado”, ya que éste “leyó lo que él decidió leer”, entre los más de dos mil comentarios que se hicieron durante la transmisión, eligiendo entre ellos, ese, que denostaba a “Mara” Lezama como mujer.

En cuanto al principio de exhaustividad y certeza, aclaró que se cumplía, debido a que una vez valoradas la totalidad de las pruebas, se desprendió que no había nada “novedoso” que desvirtuara la acusación contra Jánix, sino que, por el contrario, la fortalecía.

om/ rdmd

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