Más Información

“La mejor reforma electoral es que no haya reforma electoral”, advierte Coparmex; llama a frenar Plan B

Conagua exhibe al diputado priista Mario Calzada por explotar de forma ilegal concesiones de agua; las usaba para club de polo

México, en el octavo lugar a nivel mundial en obesidad infantil, indica reporte; suma más de 13 millones de niños y jóvenes en 2025

Sheinbaum: FGR investigará derrame de petróleo en el Golfo de México; "ya hay delito penal en este caso", dice
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) sesionó esta tarde para resolver una denuncia presentada por Morena contra Carlos Alazraki Grossmann , colaborador de EL UNIVERSAL , por su columna titulada “Carta dirigida a los indecisos (Por el amor de dios, ¡No voten por Morena!)”.
La denuncia presentada por Morena contra Carlos Alazraki Grossmann , por la publicación de la columna titulada “Carta dirigida a los indecisos (Por el amor de dios, ¡No voten por Morena!) ” constituye según el partido una violación al periodo de veda electoral por ser propaganda negativa en contra de su representado y un llamado expreso a no votar por Morena en la próxima jornada electoral.
La denuncia también incluye a los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática, por su falta de cuidado al no deslindarse de tal publicación.
Lee más
La Comisión determinó improcedente el dictado de medidas cautelares, al señalar que la columna publicada es un ejercicio que goza de la presunción de licitud propia de la libertad periodística y de expresión, misma que no puede ser equiparada a priori como propaganda electoral, al no existir elementos adicionales que así lo acrediten.
Considera que no existe un riesgo de afectación en la contienda, pues la publicación se encuentra albergada en redes sociales, lo que exige un acto de voluntad de la ciudadanía para encontrarla.
También se determinó improcedente la falta de deber de cuidado imputada al PRI, PAN y PRD, ya que eso es materia del fondo del asunto, lo cual compete al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
maot/lsm
Noticias según tus intereses
[Publicidad]
[Publicidad]










