La Procuraduría Federal del Consumidor () informó que si un proveedor aplica cargos posteriores a la cancelación sin justificación alguna y niega la devolución del cargo realizado, las personas afectadas pueden interponer su queja en alguna de las 38 Oficinas de Defensa del Consumidor o a través del módulo de conciliación virtual y remota, Concilianet.

Cargos por cancelación, ¿cómo poner una queja ante Profeco?

Para radicar una queja ante la Profeco y agilizar el proceso de resolución, es importante presentar documentos como:

  • Identificación oficial
  • Contrato
  • Folio de cancelación
  • Comprobantes de pago
  • Estado de cuenta en el que se reflejan los cargos injustificados.

Tras levantar la queja en la página: https://concilianet.profeco.gob.mx/Concilianet/inicio.jsp, las personas consumidoras tienen derecho a recibir la devolución de las cantidades pagadas y, en caso de aplicar, a una bonificación o compensación.

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La dependencia precisó que si el proveedor condiciona o niega la cancelación y mantiene el injustificado vulnera los derechos de las personas consumidoras e incurre en una práctica abusiva que debe ser denunciada ante la Procuraduría.

¿Qué dice la Ley Federal de Protección al Consumidor?

De acuerdo con las fracciones agregadas en diciembre de 2025 al artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), los proveedores están obligados a informar de forma clara si la contratación del servicio ofrecido conlleva cobros automáticos recurrentes, así como su periodicidad, monto y fecha de aplicación.

Además, la ley indica que, si el contrato procede a renovarse de manera automática como en el caso de los servicios digitales, los proveedores deben notificar el cobro con al menos cinco días naturales de anticipación, a fin de permitir la cancelación sin ningún tipo de penalización.

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Sin embargo, no concluir correctamente el proceso de cancelación, desconocer las cláusulas sobre plazos mínimos o penalizaciones, no contar con un folio de reporte o constancia de suspensión y hasta errores administrativos del proveedor son algunas de las principales causas de los cobros automáticos que la Procuraduría detectó.

“La Profeco explica que los proveedores deben proporcionar a las personas un folio o número tras realizar la solicitud de cancelación del servicio tal y como se indica en el procedimiento del contrato. Por ello también es importante leer a detalle los términos y condiciones, así como las cláusulas para evitar penalizaciones”, señaló en un comunicado oficial.

Para consultar la información completa y el procedimiento detallado, la dependencia invitó a leer la Revista del Consumidor en el enlace: https://revistadelconsumidor.profeco.gob.mx/.

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