El Protocolo Modificatorio del T-MEC incluyó en una nota al pie —también conocida como letra chiquita— en la que refiere que el gobierno de Estados Unidos tendrá su propio proceso interno para complementar las revisiones iniciales que se necesiten cuando una exportadora mexicana niegue los derechos sindicales a un trabajador.

De acuerdo con especialistas en temas comerciales federales, esa anotación fue la que le abrió la puerta a los cinco agregados laborales.

En el texto de implementación que envió la Casa Blanca el viernes 13 de diciembre al Congreso de Estados Unidos, se define que habrá cinco agregados laborales que monitorearán el cumplimiento de la reforma laboral en libertad sindical y contrato colectivo en México.

Por ello, el negociador mexicano, Jesús Seade, envió el 14 de diciembre una carta de extrañamiento al representante comercial de Estados Unidos, Robert Lighthizer, quien le respondió que “ese personal [los cinco agregados laborales] no realizará labores de inspectores”.

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Aclaró que la figura de agregado, como los que ya hay en México, hará funciones de asistencia técnica como en temas de agricultura, fiscales, comerciales y defensa, entre otros.

Los agregados del Departamento del Trabajo también brindan asistencia al nuevo comité laboral intersecretarial estadounidense, pero no irán a verificar el cumplimiento de los compromisos en cada fábrica.

En un evento organizado por el Consejo Empresarial Mexicano de Comercio Exterior, la subsecretaria de Economía, Luz María de la Mora, dijo que en el texto no aparece la palabra “inspectores laborales”, sólo “agregados”, como los hay en temas comerciales y de seguridad, por lo que dijo que es cuestión de aclarar la legislación de Estados Unidos.

Letras chiquitas

El párrafo que dio entrada a los cinco agregados laborales fue la segunda nota al pie de página del Artículo 31-A.4 del Protocolo Modificatorio del T-MEC.

La anotación dice: “Estados Unidos tiene la intención de establecer un proceso interno de este tipo conforme al cual el gobierno de Estados Unidos se esforzará por completar las revisiones iniciales de quejas recibidas sobre una instalación cubierta [empresa exportadora] en la otra parte en 30 días”.

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De acuerdo con expertos, ese párrafo abrió la puerta a Estados Unidos para incluir la disposición para que cinco agregados laborales operen desde la embajada de ese país en territorio mexicano para verificar el cumplimiento de los acuerdos.

Un funcionario del gobierno federal, que pidió el anonimato, dijo que esa nota al pie es la que abrió la puerta a una interpretación libre de Estados Unidos de lo que puede realizar para hacer sus verificaciones.

Texto ambiguo

El jurista y expresidente del Órgano de Apelación de la Organización Mundial del Comercio, Ricardo Ramírez, dijo que la nota al pie dice :“Estados Unidos establecerá un procedimiento para invocar el mecanismo de respuesta rápido”, lo que significa que ahí se sustentan las facultades de esos agregados para operar en México, pero el párrafo es ambiguo.

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Se trató de una mala interpretación de las “letras chiquitas, dijo el presidente de la Concamin, Francisco Cervantes.

Para el coordinador de Laboratorios de Comercio, Economía y Negocios de la UNAM, Ignacio Martínez, ese párrafo confiere facultad a EU para tener 30 días en su revisión, según sus procedimientos, de centros laborales de otro país.

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