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El académico y ex secretario general ejecutivo de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), Carlos Pallán Figueroa, aseguró que en la reforma que promovió la Rectoría General de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) para suspender los derechos de quienes alcanzan puestos en la estructura de gobierno de la institución al cumplir los 70 años, es una medida que se aplicó “unilateralmente” para sustituir a cuatro de los nueve integrantes de la Junta Directiva que elegirían al rector para el periodo 2017-2021.
“En el caso de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), esta restricción nunca existió, aparece en algún momento de la gestión actual con una interpretación restrictiva”, explicó Pallán Figueroa en entrevista con EL UNIVERSAL.
“En una reunión con nosotros, el rector [Salvador Vega y León] dijo que había una violación que se iba a corregir. El secretario [general, Norberto Manjarrez] insistió en su punto. Aun cuando fuese válida la interpretación, que no lo es, la persona sólo es sustituida cuando hay alguien para hacer el reemplazo. Ahora, la junta está integrada por ocho y seguramente va a hacer designaciones con ocho miembros en una franca violación a lo previsto en la Ley Orgánica”, dijo.
Pallán Figueroa fue integrante de la Junta Directiva de la UAM hasta la primera semana de diciembre, tras haber cumplido los 70 años.
El académico explicó que en el último año fueron sustituidos, bajo ese criterio, cuatro de los nueve miembros de la junta, la cual designará al nuevo rector general con sólo ocho en lugar de nueve miembros.
A la salida de Pallán Figueroa se sumaron sus compañeros Ana María Cetto, Patricia Galeana y Enrique de la Garza Toledo por la misma razón que él fue separado del cargo, haber cumplido 70 años.
Es un “asunto político”, calificó el ex secretario general de la ANUIES.
Pallán Figueroa es el único de los cuatro ex integrantes de la junta que interpuso una demanda de amparo en contra de la interpretación que hizo la Rectoría General de la UAM del artículo séptimo de la Ley Orgánica de esa universidad, la cual establece requisitos de idoneidad para ingresar como miembro de la Junta Directiva.
En la demanda que interpuso ante un juez de Distrito, y que fue atraída por el Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, argumenta que fue discriminado por motivos de edad y exige que le restituyan el derecho que fue violado.
Busca nulificar el proceso de cambio. Aunque todavía no hay una resolución firme, los efectos de este recurso tendrían que nulificar el proceso por el cual fue reemplazado Pallán Figueroa y colocarlo en el ejercicio de su cargo en la Junta Directiva, al alegar que la disposición tomada por la rectoría violenta sus derechos humanos.
Explicó que las implicaciones que podría tener una resolución a su favor, es que la designación del rector de la UAM se habría dado en una condición de irregularidad, “y aunque no se haga extensivo a los otros miembros de la junta que fueron destituidos, tendría un efecto político importante”, puesto que otros tres integrantes de dicho órgano fueron destituidos con el mismo criterio que Pallán: el haber cumplido o tener más de 70 años.
Recordó que la creación de la Junta Directiva se hizo para sacar a la política de la designación del rector y para evitar conflictos internos entre los grupos de poder que desestabilizaran a la universidad.
Por esta razón, afirma, la junta debe tener integrantes en un número impar, de manera que no haya empates y se resuelvan las diferencias.
Pallán Figueroa explicó que este mecanismo y el hecho de que la elección debe darse por dos terceras partes de la junta, es una garantía de que no habrá “línea” o influencia externa en las decisiones que tome.
Ésta ha sido una crítica que ha hecho no sólo el ex integrante de la Junta Directiva, sino también académicos organizados en el Observatorio UAM, el cual reclamó que la transparencia en la designación de la Rectoría General “está en juego” y que ha sido el rector Salvador Vega y León el que ha retrasado el proceso para nombrar al noveno integrante de la Junta Directiva.
Otro de los aspectos que se ha perdido en este proceso de sucesión del rector general de la UAM, es que entre marzo de 2016 y febrero de 2017 fueron sustituidos siete de los nueve integrantes de la junta, lo que afecta porque estos cambios debieron hacerse de manera escalonada para conservar la experiencia de los miembros más antiguos en procesos anteriores.
“Estará complicado en el caso de la Rectoría General, que deberá ser designada a más tardar el día 2 de julio. Es un asunto político, dado que alguien juzgó que era importante cambiar a cuatro personas que iban a designar a cuatro de los cinco rectores en este año. Si varias de estas personas, ostensiblemente, no eran proclives a la posición de rectoría, pues con mucha más razón”, dijo el académico.
“Entre marzo de 2016 y febrero de este año hubo el cambio de seis miembros y está el séptimo vacío, esto quiere decir que sólo quedan dos de las personas que participaron en otros procesos, con lo cual se violenta una de las ideas de la Junta de Gobierno: que las salidas vayan siendo escalonadas para que se conserve la memoria y la experiencia de este colectivo”, agregó.