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cartera@eluniversal.com.mx
Los titulares de las tarjetas de crédito, de servicios y corporativas, no serán los únicos productos que estarán bajo la lupa de las autoridades antilavado, sino también sus familiares o personas a las que se les haya extendido un plástico adicional.
Es decir que las tarjetas de crédito y de servicios conocidas como adicionales o suplementarias, estarán sujetas a las normas establecidas en la Ley Federal de Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) informó que los bancos y todas las instituciones financieras, así como las empresas que comercialicen o emitan tarjetas de crédito y de servicios cuyos clientes o usuarios hayan autorizado extender plásticos adicionales, tendrán que comenzar a enviar avisos sobre la regulación antilavado.
Además de llevar a cabo las debidas diligencias de identificación de sus clientes que sean los titulares de las tarjetas, tendrán que proceder igual con beneficiarios de las mismas.
Tendrán que presentar un aviso cuando el gasto en su conjunto, es decir la tarjeta principal y sus adicionales, superen el monto para que sean objeto del aviso.
La UIF no especificó cuál es el límite del monto para pensar que pudiera haber una operación sospechosa de lavado de dinero o para el financiamiento al terrorismo.
Tratándose de tarjetas corporativas, señaló que quien realice lo que se considera como una actividad vulnerable de ser utilizada para el blanqueo de dinero, también debe identificar como cliente o usuario a los titulares de las mismas, y como “dueño beneficiario” a los beneficiarios de las tarjetas suplementarias.
Asimismo, tendrá que presentar el aviso antilavado correspondiente cuando el gasto individual de cada suplementario supere el monto para que sea objeto de aviso. Presentando en estos casos, un aviso por cada operación financiera.
Estos avisos se enviarán a la UIF en los formatos oficiales que se utilizan para el resto de las actividades vulnerables como son los casinos,
empresas de blindaje y custodia de dinero, joyerías, distribuidoras de autos y compañías de bienes raíces, entre otros.
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