El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) expidió la disposición técnica con las especificaciones y requerimientos para la instalación y operación de las estaciones de radiodifusión sonora en amplitud modulada (AM) en la banda de 535 kHz a 1705 kHz y modificó los requerimientos para las estaciones de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM).

En el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y que entra en vigor este lunes,  el instituto recordó que la regulación para la operación de estaciones en AM terminó este domingo, por lo que “contar con un marco técnico regulatorio que establezca parámetros para la instalación y operación de las estaciones radiodifusoras que nos ocupan, con los beneficios enunciados con antelación, evitará un vacío regulatorio”.

Los beneficios a los que se refiere el regulador radica en dar certidumbre jurídica a los concesionarios y permisionarios sobre sus obligaciones en relación con los parámetros técnicos que pueden ser autorizados, así como aquellos que deben observar para la instalación y operación de sus estaciones, evitar la posible afectación a la calidad de las transmisiones y evitar la posible afectación o interferencias entre estaciones de radiodifusión.

La disposición señala que la separación entre frecuencias portadoras que identifican cada canal es de 10 kHz; las frecuencias portadoras deben ser múltiplos enteros de 10 kHz, de 540 a 1700 kHz y que la potencia de la estación no debe ser superior al 10% o inferior al 15% de la potencia autorizada.

Dicha regulación será revisada por el IFT dentro de cinco años.

En el caso de FM, el regulador modificó la Disposición Técnica IFT-002-2014 relacionada con las  especificaciones y requerimientos mínimos para la instalación y operación de las estaciones de radiodifusión sonora en frecuencia modulada ampliando su vigencia hasta el 30 de noviembre de 2015.

tcm

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