Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró improcedente el recurso de impugnación presentado por el ciudadano René Vicente Adolfo Ortega Aguirre contra la convocatoria para la elección de tres personas que ocuparán las conserjerías electorales del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE).
En sesión virtual de solo tres minutos, los cinco magistrados consideraron que no hay argumentos para validar la impugnación contra la convocatoria de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de la Cámara de Diputados, que establece que las comparecencias de los y las aspirantes a esos cargos ante el Comité de Evaluación deben ser presenciales en las instalaciones del Palacio Legislativo de San Lázaro.
El quejoso solicitó que el TEPJF ordenara la modificación de dicha convocatoria, que no prevé modalidad virtual, “pese a tratarse de un procedimiento nacional y a que todas las etapas previas se desarrollan a través de plataformas digitales”.
Sin debate de por medio, las y los magistrados desecharon el recurso.
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