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Para para impugnar los artículos 9 y 31 de la Ley de Seguridad Interior, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) interpuso este viernes también una acción de inconstitucionalidad .
El instituto argumentó que los artículos impugnados vulneran el ejercicio de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, previstos en la Constitución Mexicana.
Se aseguró que la legislación excede sus facultades al establecer que toda la información generada en virtud de la seguridad interior será considerada como de seguridad nacional y genera una excepción indebida al acceso de la información.
Además de que con esta ley se imponen restricciones y límites injustificados al ejercicio del derecho fundamental de acceso a la información, sin criterio de razonabilidad alguno.
La ley establece, según se argumentó, restricciones al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos personales de los titulares, sin cumplir con los principios de necesidad, idoneidad y proporcionalidad.
Además del régimen de excepción, que se prevé, al consentimiento para la transferencia de los datos personales sin los debidos controles de legalidad y certeza jurídica para los titulares.
La acción de inconstitucionalidad fue entregada este viernes al mediodía en la Oficialía de Partes de la SCJN por los representantes del área jurídica del instituto.
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