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En su última sesión del año, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló que los magistrados electorales del estado de Quintana Roo no sean llevados a juicio político por considerar que esto violentaría su independencia judicial.
De acuerdo con el criterio de la Corte, los congresos estatales sí pueden excluir a determinadas personas de ser sujetos a juicio político local en el marco de la lucha anticorrupción.
El caso derivó de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó al Congreso de Quintana Roo excluir a los magistrados electorales del estado de la lista de servidores públicos que pueden ser sujetos a juicio político según su sistema local anticorrupción.
Esto, por considerar que someterlos a esta clase de enjuiciamiento, que tiene como sanción la destitución del cargo e inhabilitación para ocupar cualquier otro puesto público, violentaría la independencia judicial con la que deben actuar, pues serían juzgados por los Congresos locales.
En consecuencia, los legisladores de Quintana Roo eliminaron a los magistrados electorales de la lista, por lo que el PAN interpuso una acción de inconstitucionalidad ante la Corte para que los ministros definieran si esto era válido o no.
En la sesión ordinaria, por mayoría de votos el Pleno decidió que el Congreso de Quintana Roo sí estaba facultado para acatar la orden del TEPJF y eliminar a los magistrados locales de la lista de servidores públicos susceptibles de ser sujetos a juicio político.
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