El Diario Oficial de la Federación publicó este lunes el decreto que para el Bienestar (Insabi), cuyas funciones serán absorbidas por el IMSS-Bienestar, a fin de que sea un solo organismo descentralizado el que preste servicios de salud en todo el país pero “en concurrencia” con los estados.

De acuerdo con el régimen transitorio, la Secretaría de Salud, en un plazo máximo de 180 días naturales, deberá establecer términos, plazos y condiciones para transferir recursos humanos, presupuestarios, financieros y materiales así como inmuebles derechos y obligaciones del Insabi al IMSS-Bienestar.

Este organismo colaborará con la Secretaría de Salud en lo que respecta a la prestación gratuita de los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados que requieran las personas sin seguridad social.

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Además, en el Sistema de Salud para el Bienestar queda prohibido el cobro de cuotas de recuperación por la prestación de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin seguridad social.

“Los gobiernos de las entidades federativas coadyuvarán, en el ámbito de sus respectivas competencias y, en su caso, en los términos de los acuerdos de coordinación que celebren con la Secretaría de Salud, en la operación, funcionamiento y fortalecimiento del Sistema Nacional de Salud. Para lo cual, planearán, organizarán y desarrollarán en sus respectivas circunscripciones territoriales, sistemas estatales de salud, procurando su participación programática en el Sistema Nacional de Salud”, establece el decreto.

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