Juristas y expertos en transparencia consideraron que la divulgación de los ingresos de es una clara violación al artículo 69 del Código Fiscal de la Federación, el cual establece que los servidores públicos están obligados a guardar absoluta reserva o secrecía en las declaraciones de impuestos y datos suministrados por los contribuyentes.

Consideraron que es una falta administrativa grave en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión del sector público, ante lo que se prevén sanciones.

Francisco Burgoa, abogado y profesor de Derecho Constitucional en la Facultad de Derecho de la UNAM, calificó como preocupante la actitud del presidente Andrés Manuel López Obrador al abusar del poder y usar a las instituciones para atacar e intimidar a una ciudadana crítica de su gobierno y quien ejerce legítimamente su libertad de expresión.

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En entrevista con EL UNIVERSAL, aseguró que la divulgación de los ingresos de María Amparo Casar constituye una clara violación al artículo 69 del Código Fiscal de la Federación, que establece que los servidores públicos están obligados a guardar absoluta reserva o secrecía en lo relativo a las declaraciones de impuestos y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de sus facultades de comprobación.

“Aquí no se trata de la transparencia y del derecho de acceso a la información pública, el Presidente busca linchar mediáticamente a María Amparo Casar. Son datos personales que también están protegidos por la Constitución y la ley”, subrayó.

Francisco Burgoa señaló que dado que han sido violados sus derechos como contribuyente, María Amparo Casar puede presentar una queja ante la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente y una denuncia de hechos ante la FGR y ante la Cámara de Diputados, dado lo dispuesto en los artículos constitucionales 108, párrafo 2 y 111.

Indicó que cualquier acción que intenten la doctora Casar tiene que ser en contra del Presidente de la República y de aquellos servidores públicos del SAT que le proporcionaron la información a López Obrador.

Detalló que con lo revelado ayer en su mañanera, el Presidente pudo haber violado la Constitución en su artículo 6, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública en su artículo 206-IV, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública en su artículo 186-IV.

Además, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, el Código Fiscal de la Federación Penal Federal en su artículo 69, así como el Código Penal Federal en el materia del delito de ejercicio ilícito de servicio público en su artículo 214-IV.

El presidente del Consejo Consultivo del Inai, Francisco Ciscomani, afirmó que revelar datos fiscales es una falta administrativa grave, ante la cual hay medidas de apremio y sanciones: “Estamos ante una falta por parte de un servidor público que tiene acceso a esos datos con motivo de su empleo o comisión, como el Presidente, que puede acceder a los datos de todos los mexicanos”, afirmó a EL UNIVERSAL.

“Puede pedir que se los procesen y entreguen, pero el uso de esos datos es una cuestión que está regulada desde la Constitución, en el artículo sexto, como son los derechos humanos fundamentales”, precisó.

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Refirió que en los artículos 51 y 57 de la Ley General de Responsabilidades se establece una serie de conductas, junto con el artículo 163, en sus fracciones tercera y cuarta de la Ley de Protección de Datos Personales en posesión del sector público, que constituyen faltas administrativas graves. Se hizo de manera intencional, sin actuar dentro del debido proceso, ponderó.

“No vemos un procedimiento antes de la revelación; no se vale decir: lo revelo porque sospecho que hay corrupción. Tiene que haber un procedimiento que se haya agotado”, puntualizó el experto.

Así, cualquier persona tiene derecho a manifestar su oposición, dijo el presidente de los consejeros ciudadanos del Inai, organismo que debe ordenar medidas cautelares si se advierte un daño inminente e irreparable a la reputación.

“Sin un Inai, situaciones como esta, en donde vimos participar penosamente al Titular del Ejecutivo, al director general de Pemex y al jefe del SAT, se van a repetir”, advirtió.

Vania Pérez, experta en Estado de derecho y cultura de la legalidad, dijo que se trata de un caso que es un claro ejemplo de la violación de derechos y datos personales.

Destacó como más grave la transgresión del secreto fiscal, al difundir información contenida en declaraciones anuales de impuestos.

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