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Por unanimidad, el Senado aprobó reformas al Código Penal Federal que incluyen la discriminación religiosa y a las discapacidades en el tipo penal de delitos contra la dignidad de las personas que se castiga con tres años de prisión .
Esta clasificación tiene en su contexto los frecuentes conflictos ocurridos en Chiapas, Oaxaca y Guerrero que registran actos de persecución religiosa y enfrentamientos.
Los senadores aprobaron las reformas que recibieron de la Cámara de Diputados, y al revisar la minuta correspondiente consideraron necesario llevar a cabo modificaciones de redacción, debido a lo cual se devolvió a San Lázaro, para que la colegisladora emita el voto final del decreto.
En el Senado, se analizó la gravedad de las manifestaciones de intolerancia, por creencia religiosa, y que dan pie a expulsiones, quema de y destrucción de casas y templos, extorsiones, corte de servicios de agua potable y electricidad.
Además, se tiene registro de que la discriminación religiosa alimenta la marginación de acceso a programas sociales y de apoyo contra la pobreza, amenazas, encarcelamientos, secuestros, homicidios, impedimento para usar los panteones municipales y la negación del servicio educativo a menores.
También se tipifica como delito contra la dignidad de las personas la discriminación por discapacidad, y que por ello a una persona se le nieguen servicios y la prestación de sus derechos.
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