Un juez federal concedió un amparo para efectos de que no le sea aplicada la llamada Ley Ciberasedio, aprobada por el Congreso de Puebla en julio del año pasado, a colaboradores y benefactores de la Fundación Iris en Promoción y Defensa de los Derechos Humanos.

Cuauhtémoc Escobar González, juez Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla, dio la razón a la quejosa sobre que la norma promovida por el gobernador poblano es vaga, imprecisa y transgrede los derechos de libertad de expresión y libre difusión.

En su sentencia, el juzgador afirmó que, si bien el objetivo de la ley fue regular las interacciones que se dan en internet y en redes sociales, la norma permite la arbitrariedad de las autoridades ministeriales en su aplicación.

Lee también

“Al carecer el tipo penal de elementos que generen certeza de lo que sanciona la norma, incumple con el principio de legalidad, en su vertiente de taxatividad, y en consecuencia y difusión de las ideas”, sentenció.

En julio de 2025, Raúl Andrade Osorio, representante legal de la Fundación Iris en Promoción y Defensa de los Derechos Humano, presentó un juicio de amparo contra las reformas al Código Penal de Puebla que dio origen al delito de Ciberasedio en esa entidad, que castiga a quien, a través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital, de forma reiterada o sistemática realice actos de vigilancia, hostigamiento, intimidación u ofensa a otra persona, y como consecuencia altere su vida cotidiana, perturbe su privacidad o dañe su integridad física o emocional. Y ante las críticas, el Congreso de Puebla modificó la redacción de la cuestionada ley.

Únete a nuestro canal ¡EL UNIVERSAL ya está en Whatsapp!, desde tu dispositivo móvil entérate de las noticias más relevantes del día, artículos de opinión, entretenimiento, tendencias y más.

mahc/bmc

Google News

TEMAS RELACIONADOS

Noticias según tus intereses

[Publicidad]