Más Información

Realizan redada en granjas agrícolas en Camarillo, California; manifestantes se enfrentan a agentes de la Patrulla Fronteriza

En Sonora han sido detenidos 37 niños reclutados por grupos criminales; oscilan entre los 10 y 12 años

Julio César Chávez rompe el silencio sobre la situación del Junior; “desconozco los amparos que se han presentado”, asegura
Un juez federal ordenó al presidente de la mesa directiva del Senado, José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, desbloquear en la red social X, al ciudadano Ángel Hernández Hernández, porque las expresiones críticas, severas o provocativas no deben ser consideradas un comportamiento abusivo de los usuarios de dicha red.
El titular del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, Israel Flores Rodríguez, concedió un amparo a Hernández, quien fue bloqueado por el senador cuando era diputado federal por el Partido del Trabajo, en 2019, ya que lo llamó “puto”.
El exdiputado federal publicó en el entonces Twitter (ahora X) el siguiente mensaje: “@fernandeznorona Aller me escribe un derechoso. Háganme el cabrón favor. Por eso apoyan al cabeza hueca @VicenteFoxQue y al licenciado en fraudes y alcoholes @FelipeCalderon”.
A lo anterior, Ángel Hernández, con el usuario @_adrxd, le respondió a la cuenta @fernandeznorona “¿No tienes algo mejor que hacer? ¿No te cansas de humillarte solo? Si me bloqueas eres puto”.
La cuenta @fernandeznorona publicó otro mensaje: “Vamos hacia Toluca, a Casart, realizaré una compra de pánico de arte popular mexiquense y me regresaré al D.F.”.
Ante ello, el usuario @_adrxd le revirió: “@fernandeznorona Y eso es lo más productivo que has hecho ¿Pa´ cuándo te pones a jalar mejor?”.
Derivado de lo anterior, el ahora senador morenista bloqueó al ciudadano Adrián Hernández, a quien acusó de difamarlo, acosarlo, ofenderlo y dedicarse a intimidar a su persona.
Ante ello, el ciudadano tramitó un amparo contra la restricción, mismo que le fue concedido por el juez Israel Flores Rodríguez, quien determinó que “las expresiones críticas, severas, provocativas, chocantes, que puedan llegar a ser indecentes, escandalosas, perturbadoras, inquietantes o causar algún tipo de molestia, disgusto u ofensa, no deben ser consideradas como un comportamiento abusivo por parte de los usuarios de la red”.
En su sentencia, el juzgador consideró que las expresiones vertidas por el quejoso en la red social no son vejatorias, ofensivas, oprobiosas, impertinentes o discriminatorias.
“Además, tampoco se observa que las expresiones se encuentren encaminadas a un discurso del odio, pues se infiere que no van más allá de la mera expresión de una idea o una opinión, ya que no generan un clima de discriminación y violencia hacia el servidor público”.
Lee también Sheinbaum reacciona a amenazas contra Noroña; "Cualquier amenaza siempre es condenable", dice
Indicó que el propio legislador morenista se colocó en esa posición de mayor escrutinio público y decidió utilizar ese medio digital como un canal de comunicación con la ciudadanía; sin que acreditara la necesidad de resguardar la información difundida en su cuenta de Twitter de la injerencia de la sociedad.
“En este sentido, el umbral de protección del derecho a la privacidad del que gozan las personas privadas y sus respectivas cuentas en redes sociales se vio afectado por la voluntad del propio Diputado Federal, al decidir utilizar su cuenta de Twitter como un canal de comunicación con la sociedad”.
“De tal forma que, al ser una persona pública y particularmente un funcionario público, su derecho a la intimidad se ve desdibujado en aras de favorecer el derecho a la información. Bloquear el acceso a un ciudadano a los contenidos ahí publicados representa una restricción indebida a su derecho al acceso a la información. En consecuencia, resulta pertinente determinar que, en este caso, debe prevalecer el derecho a la información de la parte quejosa sobre el derecho a la intimidad del servidor público. Reiterando que la obligación de que este último desbloquee al quejoso no resulta desproporcionada ni afecta indebidamente sus derechos”, sentenció.
kicp/apr