La (SCJN) resolvió que el crimen de peculado prescribe, a diferencia de los considerados de lesa humanidad, como la , que no dejan de ser perseguidos por el Estado.

Debido a que invalidó un artículo del Código Penal de Colima que considera dicho delito alusivo al desvío de recursos públicos como imprescriptible, al resolver este martes un amparo promovido por la exalcaldesa de Villa de Álvarez, Colima, Yulenny Cortés León, y la extesorera del Ayuntamiento, María de los Ángeles Sosa Chávez, presas por el desvío de 25 millones de pesos entre 2017 y 2018.

Una mayoría de seis ministros contra tres expuso que a nivel internacional hay disposiciones acerca de la no prescripción con el fin de perseguir e investigar crímenes con relación a aquellos que por su trascendencia daña de forma grave a la gente.

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A pesar de que reconocieron que la corrupción está “carcomiendo” al país y el mundo, los integrante del máximo tribunal de justicia indicaron que el artículo 114 fracción segunda del Código Penal de Colima, el cual establece que no prescribe el delito de peculado en la entidad, es inconstitucional porque puede prestarse a vengas políticas.

“No es posible que un gobernado permanezca indefinidamente en la incertidumbre de ser objeto de un proceso penal sólo por la incapacidad del estado para investigar las conductas ilícitas. Por lo anterior, no percibo, no encuentro un respaldo constitucional para estar en condiciones de determinar que el delito de peculado no debe prescribir”, señaló el ministro Giovanni Figueroa Mejía.

Hugo Aguilar Ortiz, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,indicó que el delito de peculado no debe ser imprescriptible para todos los casos porque, dijo, “las conductas de corrupción en nuestro país han proliferado de manera exacerbada” y, por esa razón el Congreso de Colima estableció este tipo de normas en la entidad.

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Afirmó que la corrupción no se queda en el ámbito de lo material, en los recursos económicos del Estado o del funcionario que tenga una atribución de aplicar, sino que puede afectar derechos de carácter fundamental.

La ministra María Estela Ríos González expresó que tan grave es el desvío de recursos públicos pues se afectan derechos a los gobernadores como que el delito de peculado se use como persecución política.

“Me parece grave que esas personas (la exalcaldesa de Villa de Álvarez, Colima, Yulenny Cortés León, y la extesorera del Ayuntamiento, María de los Ángeles Sosa Chávez) hayan dispuesto de esos recursos y privado a los trabajadores de su salario, es un derecho constitucional, es gravísimo que lo hayan hecho de esa manera. Me ha generado duda porque cómo manejamos un equilibrio entre el derecho de las personas a que no sean juzgadas en cualquier momento y no pueda ser usado para persecución política porque también se da en nuestro país”, señaló.

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dft/bmc

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