Más Información
Claudia Sheinbaum alerta por huracán "Milton"; llama a población de Yucatán a buscar refugio en albergues
Huracán Milton categoría 5; sigue su trayectoria y posibles afectaciones en su paso por el Golfo de México
Juan Ramón de la Fuente se comunica con ministro de Egipto; dialogan sobre la muerte de migrantes en Chiapas
INE alerta sobre conflicto de interés en amparos contra elección del Poder Judicial; busca continuar proceso
Sergio Gutiérrez Luna va a la presidencia de San Lázaro; Morena presenta su propuesta tras el fallecimiento de Ifigenia Martínez
Legisladores y familiares rinden homenaje a Ifigenia Martínez en San Lázaro; "perdimos a una mujer de izquierda y revolucionaria", dicen
Luego de conceder un amparo a seis empresas en contra de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), que otorgaba ventaja a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y que ocasionó críticas de Morena, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) defendió el derecho de voto de calidad de Alberto Pérez Dayán, presidente de la segunda sala de la corte.
El Máximo Tribunal del país señaló que cuando uno de los ministros se declara impedido en asuntos del conocimiento del pleno o sala, los restantes calificarán la excusa, si la admiten y al continuar con el asunto en caso de empate, quien presida la sala o pleno tendrá voto de calidad del ministro presidente.
Lo cual ocurrió en la Segunda Sala, donde el ministro Javier Laynez Potisek se excusó de conocer el amparo contra la reforma a la industria de la ley eléctrica, ya que participar en su discusión retrasaría su resolución.
Derivado de una solicitud de impedimento que presentó un día anterior la Secretaría de Energía del Gobierno federal, para que el ministro no conociera de éste y otro amparo en revisión similar.
Esta situación generó que la votación resultara en empate y, con ello, fuera necesario ejercer voto de calidad por parte del ministro Alberto Pérez Dayán, presidente de la Segunda Sala, como lo faculta la Ley de Amparo, en el artículo 56 antes citado.
La votación del miércoles pasado encuentra precedente en el amparo directo en revisión 5102/2021, resuelto en la sesión de la Segunda Sala el 29 de junio de 2022, en el que se declaró legal el impedimento del ministro Luis María Aguilar Morales para conocer de un asunto, con el voto de calidad de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien en ese momento era presidenta de la referida Sala.
Lee también: Tras revés en la Corte a Ley de la industria eléctrica, AMLO anuncia que presentará reforma para fortalecer a CFE
rmlgv