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El Senado aprobó, 10 semanas después de recibirla, la iniciativa presidencial de reforma que reduce de 48 a 40 horas la jornada laboral semanal, cuyo dictamen fue remitido a la Cámara de Diputados.
El proyecto avalado por unanimidad establece que la entrada en vigor de esta disposición será paulatina, de manera que en 2027 la jornada laboral será de 46 horas; en 2028, de 44; en 2029 será de 42 horas y en 2030 se reducirá a 40 horas.
Esta disminución en la jornada laboral en ningún caso implica la reducción de sueldos, salarios ni prestaciones.
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Por cada seis días de trabajo, las personas trabajadoras deberán disfrutar por lo menos de un día de descanso con goce de salario íntegro.
Cuando por circunstancias extraordinarias deban aumentarse las horas de la jornada laboral, se abonará como salario por este tiempo un cien por ciento más de lo fijado para las horas ordinarias.
El trabajo extraordinario voluntario no excederá de 12 horas en una semana, las cuales podrán distribuirse en hasta cuatro horas diarias, en un máximo de cuatro días, y cuando se supere ese tiempo, la persona empleadora deberá pagar 200 por ciento más del salario correspondiente a las horas de jornadas ordinarias.
Las personas menores de 18 años no podrán laborar horas extras.
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