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Este viernes se publicaron en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México las modificaciones a la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, las cuales entrarán en vigor al día siguiente de su publicación, conforme al artículo 2 transitorio.
Con los cambios a la ley, en artículo 2 se actualizaron las definiciones del Sistema de Seguridad Ciudadana y se incorporaron principios como perspectiva de género, dignidad humana, derechos humanos, cultura de paz y precisión del objeto y alcance de la Ley, de acuerdo al dictamen de aprobado el 15 de diciembre por el Congreso de la Ciudad de México.
De igual forma, lo adicionado en los artículos 31, 32, 33 y 37 plantean un reordenamiento de funciones de las autoridades del sistema y claridad en competencias de planeación, coordinación y ejecución.
En materia de regulación del Servicio Profesional de Carrera, ingreso y selección del personal, se sumaron cambios en los artículos 52, 53, 55, 59 y 60, los cuales actualizan las disposiciones en profesionalización y certificación.
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También se agregaron modificaciones sobre el reconocimiento y fortalecimiento de derechos sociales y la armonización en materia de seguridad social y el enfoque de igualdad sustantiva entre cuerpos policiales.
En el tema del régimen disciplinario y responsabilidades a los elementos de los cuerpos de seguridad se contempló la creación de un procedimiento disciplinario único y garantías de legalidad y debido proceso.
De acuerdo con el artículo quinto transitorio “las Instituciones de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México contarán con 180 días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para realizar las adecuaciones a los reglamentos y emitir las disposiciones correspondientes; hasta en tanto, las disposiciones actuales continúan vigentes y podrán ser aplicadas por la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México y la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México”.
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