El (INAI) instruyó a (Pemex) informar sobre la contaminación de agua potable en colonias de la alcaldía Benito Juárez, por alguna sustancia eventualmente derivada del petróleo, y sus posibles efectos a la salud.

Específicamente, deberá precisar la que contiene el agua, las acciones para tratarla y los daños que puede causar al cuerpo humano y a la salud de las mascotas.

Al presentar el caso ante el Pleno, la Comisionada Norma Julieta del Río Venegas señaló que la en la alcaldía Benito Juárez fue una problemática denunciada por la sociedad civil, lo cual pone de manifiesto la importancia de conocer los resultados de lo que se ha hecho para resolver esta situación, en especial, porque el Sistema de Aguas de la Ciudad de México reservó la información por tres años.

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“La población exige que se dé a conocer lo que está pasando; en medios nacionales y redes sociales hemos visto esta lucha de los ciudadanos, para que se abra esta situación. Daña más reservar la información, porque llevas a una población a que desconozca si está en riesgo su salud, que conocerla, para tomar las medidas preventivas”, planteó.

Del Río Venegas resaltó que el acceso al agua potable es un derecho humano establecido en la Constitución, por lo que el Estado tiene la obligación de garantizar que el agua de consumo sea sana y esté libre de contaminantes.

Por ello, enfatizó la importancia de que las autoridades no manejen más este tema con discrecionalidad y que den a conocer las acciones que se llevan a cabo para solucionarlo.

“Este Instituto considera que la información solicitada tiene una trascendencia social de muy alto impacto y es de máximo interés público que se conozca, debido a que se relaciona con los derechos humanos a un medio ambiente adecuado para el desarrollo y la protección de la salud”, afirmó.

La persona que solicitó la información presentó un recurso de revisión ante el INAI, debido a que Pemex se declaró incompetente para atender su requerimiento y le sugirió presentarlo a Pemex Logística y a tres dependencias de la Ciudad de México: la Secretaría del , la Secretaría de Salud y el .

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Sin embargo, en el análisis del caso, a cargo de la ponencia de la Comisionada Del Río Venegas, se determinó que Pemex sí es competente y cuenta con diferentes áreas que pueden conocer la información como la Dirección Corporativa de Planeación, Coordinación y Desempeño, la Subdirección de Salvaguardia Estratégica y la Gerencia de Responsabilidad Social, estas dos últimas áreas responsables de atender la problemática social derivada de la actividad petrolera.

Además, se localizaron múltiples notas periodísticas y pronunciamientos de autoridades como el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México y el titular del Poder Ejecutivo Federal que dan cuenta de la competencia de Pemex para atender la solicitud.

Finalmente, se advirtió que también Pemex Logística cuenta con atribuciones para conocer la información, por lo que, de ser el caso, deberá llevar a cabo el procedimiento de búsqueda, previsto en la Ley Federal de Transparencia.

Por lo expuesto, el Pleno del INAI revocó la respuesta de Pemex y le instruyó a asumir competencia y dar respuesta a cada uno de los requerimientos relacionados con la contaminación de agua potable en colonias de la alcaldía Benito Juárez.

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mahc/cr

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