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Para combatir el delito de despojo, el Gobierno de la Ciudad de México ha puesto en marcha diversas acciones para atender a quienes han sido víctimas de este ilícito.
Como parte de estas medidas, este martes, el Gobierno planteó endurecer las penas contra el delito de despojo con una reforma al Código Penal que contempla seis nuevas agravantes para castigar hasta con 22 años de cárcel y sin derecho a fianza a quienes cometan este ilícito.
La jefa de Gobierno, Clara Brugada, presentó una estrategia que además de elevar las sanciones, incluye una campaña de información porque este ilícito se hace “desde la sombra, aprovechándose de vacíos legales y de la desinformación de las víctimas”.
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Además de la instalación de un Gabinete de Prevención y Atención Contra Despojos y una Unidad operativa especializada contra el despojo que estará a cargo de la Secretaría de Gobierno.
Para solicitar apoyo ante un caso de despojo en la capital, los habitantes pueden acercarse a las autoridades a través de los siguientes medios:
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- En el Zócalo Ciudadano (todos los martes se instala una mesa de atención como parte de este programa) en el Programa Casa por Casa (que generalmente se realiza los jueves) y en las Asambleas de Paz.
- Por medio de la nueva línea telefónica (55 5345 8120) que habilitó el gobierno capitalino para atender exclusivamente este tipo de casos.
- A través de las redes sociales de las autoridades.
- Denuncias al MP.
- Locatel y 911.
- A través de la Oficialía de Partes de las Secretarías (SAC).
- Por medios de comunicación.
¿Cuál es el protocolo de actuación ante una denuncia de despojo en la CDMX?
Al recibir la denuncia, las autoridades se ponen en contacto con la persona afectada, concentrada la información, realizan un primer análisis y la integración de la misma. Posteriormente, se hace el análisis del caso en el gabinete y se hace la determinación de acción ya sea penal, civil o ambas o administrativa.
Después se actúa, ya sea por instrucción de un juez, por instrucción de un ministerio público previa autorización de un juez de control o previo dictamen de alto riesgo emitido por el ISC y la SGIRPC.
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Finalmente se hace la recuperación del inmueble.
LL
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