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Con la entrada en vigor este sábado del Reglamento de Cementerios, Crematorios y Servicios Funerarios en la Ciudad de México , aquellas personas que depositen basura o desperdicios en los lugares no autorizados dentro o fuera de las instalaciones del panteón, o bien introduzca, comercie o ingiera bebidas embriagantes, inhale o consuma sustancias tóxicas o enervantes dentro o fuera de éstos, serán acreedores a una multa de mil 924 pesos.
De acuerdo a la Gaceta Oficial de la CDMX, las infracciones a quien no respete las normas contenidas en el Reglamento irán desde una amonestación y multas de una a 50 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, es decir, el pago de 4 mil 811 pesos, hasta la cancelación definitiva de la autorización o concesión de los cementerios.
Destaca que se impondrá una multa de 1 a 20 Umas, ( mil 924 pesos ), para aquellos que causen daño o deterioro en fosas, lápidas, monumentos, criptas, capillas, y en general en todas y cada una de las instalaciones del camposanto . Así como las personas que no realicen la limpieza o levante el escombro derivado de una obra.
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También los concesionarios y las oficinas de panteones que interrumpan o nieguen la prestación de sus servicios sin autorización o causa justificada serán sancionados con multa consistente en 100 veces la UMA, cercano a los 9 mil 622 pesos y el retiro de la concesión.
Además, a aquel servidor público o autoridad que autorice la inhumación, exhumación, cremación o traslado de cadáveres, sin haber cumplido los requisitos sanitarios y disposiciones correspondientes, será destituido de su cargo y se hará responsable ante las autoridades competentes por los daños o perjuicios que pudieran ocasionarse, así como de la responsabilidad penal inherente.
Sin embargo, las Alcaldías "no se harán responsables de cualquier daño o accidente que sufra el visitante dentro del cementerio”, indica el documento oficial .
apr/acmr