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Morelos.- Desde la semana pasada las mujeres en Morelos pueden portar legalmente algunos instrumentos o artefactos para la defensa personal como un bastón retráctil, gases inmovilizadores o un inmovilizador por electrochoque , en virtud del alarmante aumento de los asaltos en vía pública y en el transporte público, conforme con la iniciativa presentada por la diputada de Morena, Ariadna Barrera Vázquez, publicada en el decreto 1,112 en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” .
La iniciativa de reforma al artículo 245 del Código Penal para el Estado de Morelos, presentada en febrero de 2020 y aprobada en diciembre de ese mismo año, expone la finalidad de despenalizar la portación de objetos que son utilizados para defensa personal , ante la creciente ola de agresiones sexuales y asaltos que se presentan en las calles y el transporte público.
En su contenido, la legisladora justifica su propuesta al decir que la situación de violencia que vive el Estado aumenta cada día y no solo la violencia generada por la delincuencia en general, si no la violencia en contra de las mujeres.
Sensación de inseguridad en las mujeres aumenta
“La violencia contra las mujeres es una realidad, en la actualidad, me atrevo a asegurar que el 10 de cada 10 mujeres hemos sido víctimas de algún tipo de violencia de género ; de 2013 a 2018, la sensación de inseguridad de las mujeres pasó de 74.7% a 82.1%, de acuerdo a la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2018.
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“Los mismos datos reflejaron que las mujeres se sienten más inseguras que los hombres tanto en lugares públicos como en privados”, argumentó la legisladora.
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El escenario expuesto en la propuesta legislativa convertida ahora en decreto considera un ambiente de alerta para las mujeres, en ocho municipios, entre ellos Cuernavaca, donde esta vigente la Alerta de Violencia de Género desde el 2015 .
“La portación de artefactos de defensa personal tales como el gas pimienta y paralizadores eléctricos , entre otros, nos genera a las mujeres una mayor sensación de seguridad y en dado caso, nos brinda una oportunidad de presentar una defensa ante un ataque o agresión que ponga en riesgo nuestra integridad física, psicológica o hasta nuestra vida”, citó la diputada en su iniciativa.
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Y agregó: “el uso de estos artefactos no es letal y los daños que genera al agresor son temporales, brindándole a la víctima unos segundos para escapar o pedir ayuda, sin generar ningún daño permanente o lesión en el agresor, sin embargo, a pesar de esto, la portación de estos artículos para defensa personal está actualmente prohibido por la Ley”, y con ese argumentó convenció a la mayoría de sus compañeros de curul para aprobar la reforma al Código Penal para el Estado de Morelos.
El texto original consideraba una pena de hasta tres años de prisión por la portación de esos artefactos cuando su uso no sea destinado para una actividad recreativa o laboral, pero omitía la excepción que sería para defensa personal, subrayó la diputada.
Para la legisladora también resultaba contradictoria que la pena mínima prevista para el delito de acoso sexual en el Código Penal es de dos años de prisión; es decir que actualmente una chica en portación de un gas pimienta para su defensa personal podría pasar más tiempo en prisión que su agresor por un delito de acoso sexual.
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“En un país donde matan a más de 10 mujeres al día, esta es la protección” que les da hoy en día la Ley”, criticó la legisladora.
om/hm
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