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De los años 2012 a 2017, la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) abrió 190 carpetas de investigación y averiguaciones previas por delitos de violencia política contra la mujer.
En 2012 se contabilizaron tres casos; en 2013, uno, y para 2014 no se registró ninguno.
En 2015 fueron 92 y en 2016 sumaron 60; la dependencia afirmó que la reducción se explica debido a que en el primero hubo proceso electoral en el país, mientras que al año siguiente se desarrolló sólo en 14 entidades federativas.
En tanto, de enero a noviembre de 2017 se registró un total de 34 casos de violencia política contra las mujeres o de género y se ha abierto un número igual de carpetas de investigación. Encabezan la lista Coahuila con seis casos, Oaxaca y Puebla con cuatro, Ciudad de México, Estado de México y Tabasco con tres cada uno.
Según la FEPADE, la violencia política contra las mujeres puede ser perpetrada por “el Estado o sus agentes, por superiores jerárquicos, subordinados, colegas de trabajo, partidos políticos o sus representantes, por medios de comunicación y sus integrantes. Además, puede cometerla cualquier persona y/o grupo de personas”.
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Entre las conductas delictivas que la implican se encuentran: obstaculizar o interferir en el desarrollo normal de las votaciones, impedir la instalación o clausura de una casilla (violencia como agravante) o realizar actos que provoquen temor o intimidación en el electorado.
Ejercer presión, en ejercicio de funciones, sobre los electores, y obstaculizar el desarrollo normal de la votación o ejercer violencia sobre los funcionarios electorales.
“En la FEPADE [lo que hacemos] si llega un asunto y hay la probable comisión de un delito electoral, se integra o se abre una carpeta de investigación, y si existe un elemento que acredite la violencia política contra las mujeres, damos acompañamiento a las víctimas de parte de la oficina de Derechos Humanos, y le damos vista a la autoridad competente, si hay un acto de discriminación puede ser Conapred”.
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En el documento señala que en los casos de Chiapas (83%) y Oaxaca (63%) la incidencia de las violaciones es a mujeres indígenas.
Los principales señalados por su probable responsabilidad en la comisión de este delito son los alcaldes en funciones, en tanto que en 17% de los casos no se indica un agresor específico, sino que la denuncia se presenta contra quien resulte responsable.
Uno de los casos relevantes que destaca la FEPADE en el Informe sobre la atención de casos de violencia política contra las Mujeres. Diagnóstico y avances (2013-2016), es el de Lorena Navaja Cervantes, vocal ejecutiva del distrito 07 en Oaxaca, atacada por un grupo de manifestantes en un evento público.
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La averiguación previa se inició el 26 de julio de 2015; el 8 de octubre se consignó el expediente y el 18 de noviembre se le dictó formal prisión al responsable.
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