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El fiscal Gustavo Acosta , quien calificó de “perra” a Dafne Mcpherson , quedó suspendido de sus funciones, además de que se le inició un procedimiento administrativo.
La chica es acusada de homicidio calificado por un presunto aborto que se provocó en un baño de la tienda Liverpool donde trabajaba.
El día de la audiencia del proceso, el fiscal Gustavo Acosta condenó a Dafne por no haber actuado con su instinto de madre, “y que ni una perra hace eso”.
El fiscal general del estado, Alejandro Echeverría Cornejo dijo que el comportamiento del funcionario es reprochable y nada tiene que ver con los lineamientos ni con el código de ética de esta dependencia.
“Es un hecho demasiado lamentable y la actuación del Fiscal (Gustavo Acosta) tuvo un comportamiento reprochable, que nada tiene que ver con la conducta y los lineamientos, y por supuesto ni con el código de ética de la Fiscalía y por eso ordené de inmediato un proceso de carácter administrativo para que al fiscal se le sancione por su conducta en la audiencia de juicio”, expuso.
Puntualizó que pesé al comportamiento desafortunado Gustavo Acosta, la Fiscalía sigue firme en la acusación contra la imputada, “es decir estamos cumpliendo con nuestra obligación de investigar y acusar y en ese sentido nuestra acusación sigue firme debido a que estamos convencidos de que lo que se hizo y de lo que está acusando es lo correcto”.
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“El comentario en nada afecta al proceso legal y por otro lado les informó que la Contraloría de la Fiscalía General de Querétaro determinará la sanción final, pero yo espero que sea una sanción ejemplar debido a que esto no tuvo que ocurrir y sobre todo para no vuelva a suceder”, puntualizó.
Por su parte el director de Acusación de la Fiscalía General de Querétaro, explicó que el delito que se imputa a Dafne es un homicidio calificado agravado y la penalidad que se puede imponer, de acuerdo al código penal, es que cubra hasta 50 años en prisión.
Explicó que el delito que se imputa a Dafne es un homicidio calificado agravado y la penalidad que se puede imponer, de acuerdo al código penal, es hasta 50 años de prisión “y la acusación que en su momento se realizó fue sustentada a través de pruebas en un juicio ante un Tribunal de Juicio Oral y que además fue sometido a un recurso de revisión ante autoridades superiores y después de este recurso de revisión se confirmó la sentencia que dictó el juez.
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Puntualizó que la acusación que hizo en su momento la Fiscalía General se basó en pruebas “científicas y contundentes, tan es así que hay una sentencia condenatoria confirmada”.
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