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La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres ( Conavim ) lamentó que el Congreso de Guerrero haya establecido que las mujeres embarazadas por una violación deban presentar una denuncia en el Ministerio Público antes de poder practicarse un aborto.
En el oficio CNPEVM/769/2020, que fue enviado al Congreso de Guerrero desde la semana pasada, la Conavim rechazó que el artículo 159 del Código Penal del Estado establezca esa condicionante para realizar un aborto, aun cuando la Ley General de Víctimas ordena que las autoridades del sector salud deben proporcionar servicios de interrupción del embarazo sin requisitos previos a quienes sufrieron una agresión sexual .
Lo mismo se estipula en el artículo 215 bis 6 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica, la NOM-046 y la Recomendación 43 que México recibió por parte de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer ( CEDAW ).
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“La evidencia demuestra que el requerimiento de la presentación de una denuncia previa limita sistemáticamente la atención a la que tienen derecho las víctimas de violación y, en el mejor de los casos, retrasa la atención, exponiéndolas a abortos inseguros y poniendo en riesgo la salud de las mujeres”, advirtió la Conavim al Congreso de Guerrero.
De igual forma, el organismo pidió al Poder Legislativo guerrerense que no coloque barreras relaciondas con las semanas de gestación para llevar a cabo un aborto.
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“Las mujeres víctimas de violencia sexual tienen derecho a interrumpir un embarazo en el momento que lo determinen, sin que para esto existan plazos gestacionales que limiten sus derechos. Especialmente en casos de violencia sexual, la evidencia demuestra que las mujeres pueden llegar a reconocer tardíamente su embarazo”, expresó la Comisión.
Y concluyó hablando sobre los riesgos de condicionar el aborto:
“Las barreras a la atención de una interrupción legal y segura de un embarazo , consecuencia de una violación, que inhiban o retrasen la misma ponen en riesgo la salud y la vida de las mujeres, obligándolas a buscar alternativas inseguras y peligrosas para su vida y su salud, como llevar a cabo un aborto inseguro y tardío”.
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foa/jcgp
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