Los proyectos urbanos inscritos en posiciones presuntamente democráticas, con perspectivas “políticas”, ideológicas y hasta meramente psicológicas, enmarcados en pretendidos criterios de fomento al beneficio social y al interés público y general de la Ciudad, propuestos recientemente por el Gobierno de la ciudad (GCMX), constituyen un ejemplo manifiesto de que tanto Miguel Ángel Mancera como gran parte de los miembros de su gabinete, parafraseando al filósofo español Gustavo Bueno, “…conciben un mundo más propio de la ensoñación infantil, que guarda evidentes paralelismos con el de los espejos o con el País de las Maravillas en los que se aventuraba de cuando en cuando la Alicia de Lewis Carroll”. Este pensamiento acrítico y que, en más de las ocasiones, ha sobrelimitado la utopía de sus concepciones, ha tenido la osadía de llamar “corredor cultural” a un centro comercial; “zonas de desarrollo económico y social” (ZODES) a proyectos de desarrolladores inmobiliarios de carácter privado; o, recientemente, mirador a un juego mecánico que, a pesar de su evolución tecnológica, no deja de ser lo que siempre ha sido, una rueda de la fortuna; pretendiendo, de esta forma, encubrir, la falta de un verdadero proyecto de ciudad sustentable, bajo un discurso nebuloso, fantasioso y carente de contenido crítico, de la misma forma en la que Alicia “mira” –en su mirador privado- el mundo desde su espejo: al revés!

Fantástica e ilusoriamente, es previsible, dados los acontecimientos recientes en la manera de actuar del Gobierno, que irán avanzando -como los niños, en su ilusión de invisibilidad, se tapan el rostro con la mano para no ser vistos por un público absorto- sobre la justificación de la instalación de la Rueda hasta tratar de convencernos que en realidad no es ni una rueda de la fortuna, ni un mirador, sino un Observatorio!...sí, el observatorio de la Ciudad de México!

Basta revisar como, el 15 de marzo, y de manera sorpresiva y como quien saca un conejo de un sombrero o un As bajo la manga, el Jefe de GCMX, declaró lo inusitado, en un Gobierno que por ley tiene el deber de defender las áreas verdes de la ciudad y, asimismo, tutelar y observar –y no sólo mirar- las leyes y reglamentos que delimitan las acciones de todos en el territorio de la ciudad; según la nota periodística, el gobierno capitalino pidió a los ciudadanos no sólo ver a la Gran Rueda de la Fortuna de Chapultepec como un juego mecánico para niños, sino como un gran mirador que tendrá la Ciudad de México -como si no existiera, actualmente, ningún otro en la ciudad ni en mejores ubicaciones o alturas! Asimismo, indicó que con el proyecto se busca que la ciudadanía tenga otra vista de la capital del país, manifestando que, “La importancia que tenemos de este mirador, que eso es lo primero que hay que tener claro en el contexto, no se trata de un juego, de una atracción digamos nada más para niños, sino se trata de un mirador, se trata de poder darle a la ciudadanía otra vista de su ciudad” (Crónica, Omar Díaz, 15/mar/16).

Al respecto, el diccionario de la Real Academia Española define los conceptos Mirar, Mirador, Observar y Observatorio , que permiten distinguir, de origen, las diferencias que deben ser reconocidas, mejor dicho observadas, por el GCMX, al tratar de delimitar los Usos y Actividades del Bosque de Chapultepec, así como los usos y destinos del suelo permitidos para las Áreas Verdes de Valor Ambiental que se encuentran tuteladas en el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano en Miguel Hidalgo.

Ahora bien, sería fantástico que el Jefe de Gobierno le preguntara a la Secretaría Müller por qué su Rueda de la Fortuna CDMX, no aparece en la “Matriz de Acciones” prevista en el Programa de Manejo de Chapultepec, de 2006. Pero quizá convenga que primero fije su postura sobre si, desde su perspectiva, ese Programa de Manejo sigue siendo válido, e incluso si también, desde la visión de la Secretaria Müller, lo son la Ley General de Asentamientos Humanos (21/jul/93), la Ley de Desarrollo Urbano (15/jul10), su Reglamento (29/ene/04) y el de Construcciones (29/ene/04), la Ley Ambiental (13/ene/00) y su Reglamento (03/dic/97); el Programa General de Desarrollo Urbano (31/dic/03, Gaceta Oficial); el Programa General de Ordenamiento Ecológico (01/ago/00), y el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano (PDDU) para Miguel Hidalgo (30/sep/08, Gaceta Oficial) cuyas disposiciones normativas estarían siendo vulneradas con la colocación de la Rueda de la Fortuna y las actividades comerciales que han sido consideradas en dicho proyecto.

Porque, no vaya a suceder que, buscando una salida “adecuada” para justificar la ubicación de la Rueda de la Fortuna en un territorio que, a todas luces legales, no es el adecuado y, desde el lugar más recóndito del pensamiento Alicia, le pregunte al Minino de Cheshire “¿podrias decirme, por favor, qué camino debo tomar para salir de aquí?”, y mirando la Tabla de Usos del Suelo del PDDU vigente, que establece que los usos del suelo permitidos en Áreas Verdes (AV) son los Jardines Botánicos, los Zoológicos y acuarios, los planetarios, las estaciones metereológicas y, por supuesto, los Obsevatorios! (sí, los observatorios, no los miradores); se le ocurra, al gato de Cheshire, hechando mano de la chistera normativa urbana de la ciudad, que un mirador se puede “homologar” a un observatorio y, desde el espejo de Alicia, observando siempre al revés, otorgar el uso del suelo de Observatorio/Mirador PERMITIDO, en Área Verde, en la primera sección del Bosque de Chapultepec y todo, por supuesto –ilusoriamente- de conformidad con lo establecido en el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano en Miguel Hidalgo.

Diputada por el PAN en la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México

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