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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que los partidos no pueden crear fondos con sus remanentes de prerrogativas no ejercidas, para pagar las multas que les imponga la autoridad electoral.
Al resolver la impugnación del PRI a los lineamientos emitidos en mayo por el Instituto Nacional Electoral (INE) para reintegrar el remanente de financiamiento para gasto ordinario o actividades específicas de los partidos locales o nacionales, mismos que no hayan ejercido o comprobado, los magistrados determinaron que esos recursos no ejercidos no pueden ser ahorrados para el pago de multas.
Por tanto, el financiamiento no ejercido deberá ser reintegrado por los partidos a la Tesorería de la Federación.
La sentencia emitida hoy se suma a la decisión tomada el año antepasado por el TEPJF que resolvió que el gasto entregado a los partidos para campaña que no sea ejercido, también deberá ser devuelto a la Tesofe. Así, los partidos no podrán hacer bolsas de ahorros con el financiamiento de gasto ordinario, de campaña o para actividades específicas y deberán reintegrar a la Federación los remanentes.
Por unanimidad, la Sala Superior consideró infundados los alegatos del PRI y consideró innecesario crear un fondo para sanciones pues todas las fuerzas políticas cuentan con ministraciones mensuales para pagar las multas.
Los magistrados establecieron que una vez que las autoridades electorales impongan multas y queden firmes, se informará a los partidos el monto a reintegrar del financiamiento público, a través de un depósito o transferencia dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción de la notificación.
En caso contrario las autoridades electorales retendrán la ministración mensual de financiamiento público inmediata siguiente, hasta cubrir el monto total.
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