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México
solicitó este viernes 18 de diciembre al Grupo de Acción Financiera Internacional ( GAFI ), ser evaluado para recalificarlo en las acciones antilavado que estaban parcialmente o no cumplidas desde 2017.
La Unidad de Inteligencia Financiera ( UIF ) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) informó que se tenía previsto remitir el Tercer Informe de Seguimiento de México en agosto de 2020 a fin de llevar a cabo el proceso de solicitud de recalificación.
Sin embargo, derivado de la contingencia por la pandemia del Covid-19 , el GAFI y los países miembros se han visto obligados a plantear ajustes a los plazos.
Por lo que ahora ya está en condiciones de solicitar la recalificación de siete de 16 recomendaciones que fueron calificadas como parcialmente cumplidas o no cumplidas.
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Los países que son parte del GAFI, como México, están comprometidos a seguir las 40 recomendaciones para combatir el lavado de dinero , y nueve especiales en materia de financiamiento al terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva.
De las que se señalaron parcialmente cumplidas están pendientes la número ocho, en cuanto a las medidas para combatir el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo en las organizaciones sin fines de lucro; la número 10 sobre la debida diligencia del cliente y la número 12 sobre reportes de las personas expuestas políticamente a las que están sujetas las entidades financieras.
También la recomendación 15 para las nuevas tecnologías; la número 16 para evitar el lavado a través de transferencias electrónicas, y la recomendación 17 sobre la dependencia en terceros, así como la recomendación 18 sobre los controles internos y filiales y subsidiarias.
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Medianamente cumplida se tenía la recomendación sobre guardar la confidencialidad llamada tipping-off , referente a la protección por ley de las instituciones financieras, sus directores, funcionarios y empleados frente a la responsabilidad penal y civil por violación de alguna restricción sobre la revelación de información impuesta mediante contrato o a través de alguna disposición legislativa, normativa o administrativa, si éstos reportan sus sospechas de buena fe a la UIF, aún cuando no conocieren precisamente cuál era la actividad criminal subyacente, e independientemente de si la actividad ilegal realmente ocurrió o no.
De manera adicional la UIF entregará al grupo antilavado un reporte de carácter informativo, donde se señalen los avances significativos que el país ha logrado en relación a los reportes de operaciones sospechosas, la debida diligencia del cliente, la transparencia y beneficiario final de las personas jurídicas entre otras.
jabf/acmr