La Zona Metropolitana del Valle de México presenta niveles de concentraciones máximas de ozono de 155 partículas por billón (ppb) en Gustavo A. Madero, Estado de México. Debido a esto, la contingencia ambiental afecta principalmente a la Ciudad de México y el Estado de México, lo que implica la reducción de emisiones contaminantes y el riesgo de afectaciones a la salud. Por esta razón, se activa la Fase 1 de Contingencia Ambiental por ozono.

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La circulaculacion de vehiculos estará restringida en un horario de 5:00 hasta las 22:00 hrs.

  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2. 
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 4, 5, 7 y 9.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 0 y 00, engomado rojo, terminación de placa  3 y 4.
  • Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o  con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
  • Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de  matrícula sea NON.
  •  Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00  horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del  EDOMEX.
  • Los taxis con holograma de verificación  “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

Estas restricciones son obligatorias a menos que la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) indique lo contrario durante el transcurso del día. Sin embargo, si tu auto es híbrido o eléctrico, estás exento del programa Hoy No Circula.

Que autos no circulan este 19 de 03 del 2025. Foto: @locatel_mx
Que autos no circulan este 19 de 03 del 2025. Foto: @locatel_mx

¿Me pueden multar si circulo durante la contingencia?

Las patrullas ambientales tienen la facultad de detener y sancionar a los vehículos que circulen sin permiso. Según el Artículo 47 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, la multa equivale a entre 20 y 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente. Para el año 2025, el valor diario de la UMA es de $113.14 pesos mexicanos, por lo que la multa oscila entre $2,262.80 y $3,394.20 pesos.

¿Por qué es importante el programa Hoy No Circula?

Según la Secretaría del Medio Ambiente, el objetivo principal del programa Hoy No Circula es "establecer medidas aplicables a la circulación vehicular de fuentes móviles o vehículos automotores con el objetivo de prevenir, minimizar y controlar la emisión de contaminantes en la Ciudad de México, sin importar el origen de las placas y/o matrícula del vehículo".

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¿Quiénes están exentos del Hoy No Circula?

Existen algunas unidades que no están sujetas a estas restricciones. A continuación, se presenta la lista de vehículos exentos:

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • Vehículos que porten holograma “0” o “00” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color rojo y terminación de placa 3 y 4.
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
  • Las motocicletas están exentas de la Fase I.

Es fundamental respetar estas restricciones para contribuir a la reducción de la contaminación y mejorar la calidad del aire en la Zona Metropolitana del Valle de México.

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