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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación dirigida a la Comisión Nacional de Seguridad (CNS) y a la Procuraduría General de la República (PGR), sobre el caso de la violación a los derechos de una mujer, quien fue separada de su hija de 37 días de nacida.

Recordó que el 27 de octubre de 2015, en la localidad El Cepillo, municipio de Gutiérrez Zamora, Veracruz, agentes de la PGR ejecutaron una orden de aprehensión por la probable responsabilidad en la comisión del delito contra el consumo y la riqueza nacional, en contra de una mujer a quien recientemente se le había practicado una cesárea, quien fue separada de su hija de 37 días de nacida, a la cual amamantaba.

La mujer fue llevada al aeropuerto de la ciudad de Poza Rica, en Veracruz, y de ese lugar a la Ciudad de México para, posteriormente, ser trasladada a la ciudad de Tepic, Nayarit, e ingresada al Centro Federal Femenil de esa entidad.

De conformidad con la norma constitucional y los estándares internacionales, el ingreso de la detenida a un centro penitenciario debió realizarse a la institución más cercana a su domicilio, sobre todo, atendiendo su condición de mujer que se encontraba lactando a su hija recién nacida, por lo que vulneró los derechos humanos de ambas, puesto que no existió el supuesto jurídico marcado en la constitución como excepción.

La CNDH formuló recomendaciones a la PGR y a la CNS consistentes, en el primer caso, para realizar las gestiones y reparar el daño, a fin de que las personas sujetas a procesos penales ingresen a centros cercanos a su domicilio con las excepciones que marca el propio artículo 18 constitucional.

Pidió que se elaboren protocolos de ingreso en caso de mujeres que hayan dado a luz o que se encuentren lactando a sus hijos, y que se colabore con la CNDH para el inicio de quejas ante el Órgano Interno de Control. La PGR indicó que estudia la recomendación para atender los principios de protección a la salud y a la familia.

A la Comisión Nacional de Seguridad le solicitó que cuando una persona detenida obtenga su libertad, no se prolongue innecesariamente el tiempo para su externación, en especial, para mujeres en el periodo inmediato posterior al parto; que haya colaboración de la CNDH en el inicio de las quejas. La recomendación 7/2016 fue notificada en ambas dependencias.

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