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Los hijos de mexicanos nacidos en el extranjero tendrán la nacionalidad mexicana, con base en una reforma constitucional que el Senado aprobó por unanimidad, y que elimina una laguna jurídica, lo cual garantizará este derecho de manera retroactiva.
A la fecha, para que los nacidos en el extranjero tengan derecho a la nacionalidad mexicana deben ser hijos de padre y madre mexicanos por nacimiento, y el requisito se ajusta a sólo ser hijos de padre o madre mexicanos.
La minuta fue enviada a la Cámara de Diputados, luego de que por 83 votos a favor el dictamen fue presentado al pleno, y con posiciones en favor de los legisladores Héctor Larios, del Partido Acción Nacional; Arturo Zamora, del Partido Revolucionario Institucional, y Angélica de la Peña, del Partido de la Revolución Democrática.
La senadora Ana Gabriela Guevara (PT) presentó la iniciativa de reforma al artículo 30 de la Constitución, que establece que para que un nacido en el extranjero tenga la nacionalidad mexicana, sus dos padres deben ser mexicanos por nacimiento.
Las comisiones de Puntos Constitucionales, Gobernación y Estudios Legislativos Segunda, con opinión de la Comisión de Asuntos Migratorios, dictaminaron la reforma que reconoce el derecho humano a la nacionalidad.
Con la reforma será posible que un hijo de padre o madre mexicanos, sin que tenga la nacionalidad por nacimiento, obtenga la ciudadanía.
La aplicación de esta reforma, una vez que cumpla el procedimiento legislativo, sea decretada y puesta en vigor, tendrá efectos retroactivos.
Rechazan restricción. La reforma aprobada ayer destaca que “no existe alguna razón de carácter político, sociológico o cultural que sustente la restricción del otorgamiento de la nacionalidad mexicana”.
El dictamen establece que una restricción como la vigente que niega la nacionalidad mexicana a una persona nacida en el extranjero si su padre o madre no son mexicanos por nacimiento, “puede llegar a tener consecuencias nocivas, absolutamente contrarias al orden jurídico internacional”.
La reforma pasó a la Cámara de Diputados, la cual una vez que la apruebe irá a los congresos de los estados para su ratificación, y después al Ejecutivo para su promulgación.
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