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Hace unos momentos, el pleno de la Cámara de Diputados comenzó el debate sobre las modificaciones a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión sobre el llamado derecho de audiencias.
El dictamen eliminó la facultad que tiene el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) de sancionar a los radiodifusores y televisoras que no cumplan con los lineamientos, que de carácter general, emitan sobre las obligaciones mínimas para los defensores de las audiencias.
Uno de los puntos más polémicos fue la derogación en el artículo 311 del punto que establecía que corresponde al Instituto sancionar, al “no cumplir con los lineamientos de carácter general que emita el Instituto sobre las obligaciones mínimas para los defensores de audiencias”.
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