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Por unanimidad, el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) decidió interponer una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra diferentes disposiciones de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de Veracruz.
De acuerdo con el instituto, los comisionados del órgano garante del derecho de acceso a la información y protección de datos consideraron que la ley de transparencia aprobada en la administración del entonces gobernador Javier Duarte —prófugo de la justicia— contraviene los principios en la materia previstos en la Constitución.
“El Inai considera que dichos preceptos son violatorios al orden constitucional, habida cuenta que se opone y limita la transparencia y el acceso a la información, o bien, constituye una omisión legislativa”, señala la demanda de acción de inconstitucional aprobada por unanimidad del pleno en sesión extraordinaria.
Con la ley de Veracruz, el Inai ha presentado ocho acciones de inconstitucionalidad en contra de leyes de transparencia locales que, en su consideración, no se armonizaron de manera correcta con la reforma constitucional. Entre los casos que el instituto ha llevado a la Corte se encuentran las ley de Querétaro, que tras ser impugnada fue reformada por orden del gobernador Francisco Domínguez; así como las leyes de Tabasco, Oaxaca, Morelos, Hidalgo, Tlaxcala y Ciudad de México.
La demanda. Los conceptos de invalidez que argumenta la demanda de acción de inconstitucionalidad son: establece reservas de información no previstas en la Ley General de Transparencia, que se traducen en omisión legislativa consistente en la deficiente regulación en que incurrió el Congreso del estado de Veracruz.
El documento prevé como requisito para la tramitación del recurso de revisión que se acredite la representación “legal”, cuando existe mandamiento constitucional que para el acceso a la información no se debe de acreditar interés alguno.
Advierte que el concepto de “Seguridad Nacional” previsto en la ley de Veracruz constituye una limitante y restricción al derecho fundamental de acceso a la información.
“Otorga la calidad de representante legal al Secretario Ejecutivo y le atribuye facultades que le corresponden exclusivamente al titular del organismo garante del Estado de Veracruz, de acuerdo con la Ley General”, precisa el Inai.
Además, prevé requisitos adicionales en la tramitación de la solicitud de información y establece un horario de presentación de los recursos de revisión por un medio electrónico.
En la demanda el instituto reclama la omisión legislativa en la que incurrió el Congreso de Veracruz al no contemplar la previsión de dar cauce a las solicitudes con datos parciales aportados por el solicitante.
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