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El Senado de la República aprobó ayer en lo general la Ley Reglamentaria del Artículo 29 Constitucional en Materia de Suspensión o Restricción de Garantías, con la que se faculta a las autoridades a iniciar procedimiento para restringir o suspender ciertos derechos por causas que representen una amenaza excepcional a la paz pública.
El proyecto de dictamen enviado por el titular del Ejecutivo y analizado por la Cámara Alta fue aprobado con el voto a favor de 88 senadores y siete en contra. En éste se faculta al Congreso de la Unión para la aprobación de decretos en materia de restricción o suspensión de garantías que sean solicitados por el Presidente de la República en situaciones de emergencia.
El dictamen detalla que durante la restricción o suspensión de garantías no se suspenderá el ejercicio de los derechos a la no discriminación, a la vida, de la niñez, entre otros.
El documento fue remitido a la Cámara de Diputados para su análisis, resolvieron los senadores en sesión ordinaria.
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