Más Información

Muertes violentas de mujeres serán investigadas como feminicidio; Secretaría de las Mujeres lanza estrategia nacional

Presidencia propone acuñar monedas conmemorativas del Mundial 2026; habrá piezas de oro, plata y alpaca

Corte atrae caso de Mario Aburto por asesinato de Colosio en 1994; revisará sentencia de 45 años de prisión

INE aclara que no avaló reforma electoral de "Salvemos México"; solo verificó firmas de la iniciativa

Partido Verde esperará iniciativa de reforma electoral para presentar su propuesta; Manuel Velasco destaca diálogo

Colombia pasará a México presidencia pro tempore de Alianza del Pacífico el martes; mecanismo es la cuarta potencia exportadora mundial
Por permitir la colocación de un anuncio publicitario ilegal en la fachada de un edificio en la colonia Condesa, el encargada de dicho inmueble fue remitido al Ministerio Público, informó el Insituto de Verificación Administrativa (Invea).
Luego de detectar el pasado martes que en la parte frontal del edificio situado en Juchitán 9, se realizaba la colocación de una lona de 18 por 15 metros que cubría siete pisos del edificio, personal de Invea efectuó una revisión.
Al solicitar a los trabajadores que colocaban el anuncio el permiso correspondiente de instalación, una persona más se acercó y manifestó ser el responsable del inmueble así como haber dado permiso a los empleados de colgar la lona, según detalló el Invea en un comunicado.
Coincidió en no tener permiso para colocar el anuncio, por lo que los verificadores pidieron la presencia de elementos de la secretaría de Seguridad Pública (SSPDF), quienes pusieron a disposición del Ministerio Público al infractor.
Luego de la detención, se retiró el anuncio del inmueble, en el cual el Invea había detectado en varias ocasiones la colocación sin permiso de lonas.
El Invea recordó que la remisión se efectuó con base en la recién aprobada Ley de Publicidad Exterior, que considera sanciones para cualquier persona física o moral que intervengan en la comercialización de espacios publicitarios irregualares.
Precisó que el artículo 94 Bis establece que comete el delito en contra de la protección, conservación y regulación del paisaje urbano del DF, a quien permita la instalación o modificación en un inmueble de un anuncio autosoportado, en azotea, adosado, tapial, valla o muro ciego sin contar con la licencia, permiso o autorización que exija la ley.
Por esta falta, se le impondrá de tres a seis años de prisión, así como una multa de 500 a 4 mil veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente
Noticias según tus intereses
[Publicidad]
[Publicidad]








